Capítulo 18
LOS DIEZMOS
Los diezmos y la ley de consagración
Mientras Jesús andaba haciendo bienes, y poco después de haber bendecido a los niños pequeños, sucedió algo que nos da un entendimiento importante de lo que la religión verdadera exige.
Entonces vino uno y le dijo: Maestro bueno, ¿qué bien haré para tener la vida eterna?
Él le dijo: ¿Por qué me llamas bueno? Ninguno hay bueno sino uno: Dios. Más si quieres entrar en la vida, guarda los mandamientos.
Le dijo: ¿Cuáles? Y Jesús dijo: No matarás. No adulterarás. No hurtarás. No dirás falso testimonio.
Honra a tu padre y a tu madre; y, Amarás a tu prójimo como a ti mismo.
El joven le dijo: Todo esto lo he guardado desde mi juventud. ¿Qué más me falta?
Jesús le dijo: Si quieres ser perfecto, anda, vende lo que tienes, y dalo a los pobres, y tendrás tesoro en el cielo; y ven y sígueme.
Oyendo el joven esta palabra, se fue triste, porque tenía muchas posesiones.1
Aquí se nos presenta a un joven cumplidor de la ley, deseoso de lograr la vida eterna. De hecho, en el evangelio de Marcos leemos que cuando el joven declaró estar viviendo de acuerdo con la ley, “Jesús, mirándole, le amó”.2
Sin embargo, no pudo comprender uno de los conceptos fundamentales del cristianismo, el principio del sacrificio, y por tanto, “se fue triste”.
Antes que uno pueda ser calificado de cristiano verdadero, es necesario que entienda el concepto de que el reino de Dios es primero, y que las cosas temporales, las necesidades así como los lujos, ocupan el segundo lugar. “Más buscad primeramente el reino de Dios y su justicia, y todas estas cosas os serán añadidas.”3
El profeta José Smith ha dicho en relación con esto: “La religión que no requiere el sacrificio en todas las cosas nunca tiene la fuerza suficiente para producir la fe necesaria que logra la vida y la salvación. . . Desde . . . Abel hasta el tiempo actual, el conocimiento que tienen los hombres de que son aceptados a los ojos de Dios sólo se obtiene ofreciendo sacrificios.”4
El hecho de que la palabra sacrificio, no digamos su aplicación, casi ni se conoce en nuestra época no altera ni un ápice la verdad de este concepto. Si queremos ser salvos, debemos estar dispuestos a sacrificar todos los deseos de la carne.
El Señor nos ha revelado la ley de consagración,5 en la cual está comprendido el principio completo del sacrificio. De acuerdo con esta ley, el hombre entrega todas sus propiedades a la Iglesia “porque según la ley, todo hombre que va a Sion debe poner todas las cosas a los pies del obispo en Sión”.6 El otorgante recibe de la Iglesia, por escritura, “cuanto sea suficiente para él y su familia”,7 “porque si no sois iguales en las cosas terrenales, no podréis ser iguales en la realización de cosas celestiales”.8 Aunque más adelante tendremos que obedecer esta ley mayor, en la actualidad no estamos obligados a cumplirla.
Sin embargo, desde el principio hasta el día de hoy, el principio fundamental de todo el sistema económico de la Iglesia ha sido el mismo. Esta ley básica es que la tierra pertenece al Señor, o como Él lo ha dicho: “Yo, el Señor, extendí los cielos y fundé la tierra, hechura de mis manos, y todas las cosas que contiene, mías son. Y es mi propósito abastecer a mis santos, porque todas las cosas son mías. . . porque la tierra está llena, hay suficiente y de sobra; sí, yo preparé todas las cosas y he concedido a los hijos de los hombres que sean sus propios agentes.”9
El pueblo no estaba preparado para vivir de acuerdo con la ley mayor de consagración, y por amor al pueblo, el Señor suspendió esta ley más perfecta y reinstituyó la ley de los diezmos a fin de llevar a cabo sus propósitos.
Lo que constituye el diezmo
Cada año se debe ofrendar al fondo de diezmos de la Iglesia la décima parte de los ingresos de cada uno de sus miembros. Esto es lo que constituye el diezmo. Diezmo significa la décima parte. De modo que si una persona contribuye menos que la décima parte, no puede considerarse como diezmo. Esta es la parte que corresponde al Señor. Para satisfacer o cumplir la ley, esta contribución debe hacerse al fondo de los diezmos. Las contribuciones, ya sea en dinero o bienes, al fondo misional o al fondo pro-construcción o cualquier otro fondo que no sea el de los diezmos, no se cuenta como cumplimiento de esta ley.
El Señor dio la siguiente revelación al profeta José Smith, “en Far West, Estado de Misurí, el 8 de julio de 1838, como contestación a la súplica: Oh Señor, indica a tus siervos cuánto requieres de las propiedades de tu pueblo como diezmo”:
De cierto, así dice el Señor, requiero que toda su propiedad sobrante sea puesta en manos del obispo de mi iglesia en Sion.
Para la construcción de mi casa, para poner los fundamentos de Sion, para el sacerdocio y para las deudas de la presidencia de mi iglesia.
Y así se empezará a diezmar a mi pueblo.
Después, los que hayan entregado este diezmo pagarán la décima parte de todo su interés anual; y ésta les será por ley fija perpetuamente, para mi santo sacerdocio, dice el Señor.
De cierto os digo, que acontecerá que todos los que se juntaren en la tierra de Sion serán diezmados de todas sus propiedades sobrantes, y observarán esta ley, o no serán considerados dignos de permanecer entre vosotros.
Y os digo que si mi pueblo no observare esta ley para guardarla santa, ni me santificare la tierra de Sion por esta ley, a fin de que se guarden en ella mis estatutos y juicios para que sea la más santa, he aquí, de cierto os digo, que no será para vosotros una tierra de Sion.
Y esto servirá de modelo a todas las estacas de Sion. Así sea. Amén.10
Cada año se debe hacer una cita con el obispo en la cual el miembro le declara si la cantidad que le ha sido acreditada en los libros constituye un diezmo completo o no. Los que no pagan diezmos no disfrutan de todos los privilegios. Por ejemplo, solamente los que pagan su diezmo gozan de las bendiciones del templo. Lo más prudente, y lo que se aconseja, es que paguemos nuestros diezmos cada mes.
El diezmo constituye un impuesto sumamente equitativo. El centavo de la viuda cumple con la ley en forma tan completa como la moneda de oro del más rico. Es la ley económica del Señor y contiene el principio justo de que cada uno es diezmado de acuerdo con su habilidad para pagar.
La historia de los diezmos
La historia de Israel antiguo, cual se halla en el Antiguo Testamento, nos proporciona evidencia de que la ley de los diezmos estuvo en vigor desde la época de Abrahán hasta la destrucción de Israel como nación. Era una ley perpetua del sacerdocio y no se limitó sólo a una dispensación. Abrahán entregó sus diezmos a Melquisedec.11 El apóstol Pablo nos proporciona algunos detalles adicionales de este acontecimiento: “Porque este Melquisedec, rey de Salem, sacerdote del Dios Altísimo, que salió a recibir a Abraham que volvía de la derrota de los reyes, y le bendijo, a quien asimismo dio Abraham los diezmos de todo. . . Considerad, pues, cuán grande era éste, a quien aún Abraham el patriarca dio diezmos del botín.”12
Jacob hizo convenio de entregar la décima parte al Señor.
Y esta piedra que he puesto por señal, será casa de Dios; y de todo lo que me dieres, el diezmo apartaré para ti.13
El Señor dio este mandamiento a los hijos de Israel desde el Monte Sinaí:
Y el diezmo de la tierra, así de la simiente de la tierra como del fruto de los árboles, de Jehová es; es cosa dedicada a Jehová.14
Y también:
Indefectiblemente diezmarás todo el producto del grano que rindiere tu campo cada año.15
En la dispensación actual se revalidó la ley de los diezmos, y el cumplimiento de esta ley es uno de los deberes principales de los Santos de los Últimos Días. El 11 de septiembre de 1831 el Señor dijo al profeta José: “El tiempo presente será llamado hoy hasta la venida del Hijo del Hombre; y en verdad, es un día de sacrificio y de requerir el diezmo de mi pueblo, porque el que es diezmado no será quemado en su venida. Porque después de hoy viene la quema—esto es hablando según la manera del Señor.”16
En esta declaración no es asegurado que todos los que dicen ser pueblo del Señor, y no pagan sus diezmos, tendrán que hallar su parte entre los inicuos en su venida.
¿Robará el hombre a Dios?
Nadie tendría la osadía de robar a Dios. Sin embargo, el Señor declara, hablando en primera persona por boca de su profeta, Malaquías:
¿Robará el hombre a Dios? Pues vosotros me habéis robado. Y dijisteis: ¿En qué te hemos robado? En vuestros diezmos y ofrendas.
Malditos sois con maldición, porque vosotros, la nación toda, me habéis robado.
Traed todos los diezmos al alfolí y haya alimento en mi casa; y probadme ahora en esto, dice Jehová de los ejércitos, si no os abriré las ventanas de los cielos, y derramaré sobre vosotros bendición hasta que sobreabunde.
Reprenderé también por vosotros al devorador, y no os destruirá el fruto de la tierra, ni vuestra vid en el campo será estéril, dice Jehová de los ejércitos.
Y todas las naciones os dirán bienaventurados; porque seréis tierra deseable, dice Jehová de los ejércitos.17
No importa qué nombre le demos al pretexto de no pagar nuestros diezmos, ya vemos cómo se expresa el Señor. Si no queremos ser contados entre los que están robando a Dios, paguemos nuestros diezmos.
Bendiciones temporales y espirituales
El pagador de diezmos goza de bendiciones así temporales como espirituales. Reparemos en que el Señor nos desafía a que lo probemos, prometiéndonos una recompensa temporal si cumplimos con su ley. “Probadme ahora en esto, dice Jehová de los ejércitos, si no os abriré las ventanas de los cielos, y derramaré sobre vosotros bendición basta que sobreabunde.” Cuán imprudente es el que no acepta esta invitación del Señor. Obedeciendo esta ley se recibe el espíritu de inspiración en asuntos temporales y espirituales, de manera que uno finalmente se beneficia espiritual y temporalmente. Por supuesto, uno no paga sus diezmos como si se tratara de una inversión comercial. Más que todo es un principio con promesa, es decir, el cumplimiento de la ley trae su propia recompensa.
Espiritualmente, el pago de los diezmos es esencial para el que desea lograr la salvación en el reino celestial. De hecho, la ley de consagración es la ley celestial en este asunto. Para entrar en el reino celestial la persona debe poder vivir de acuerdo con una ley celestial. En vista de que la ley de los diezmos es una ley menor, es palpable que debemos poder vivir de acuerdo con esta ley a fin de ser salvos.l8
La disposición con que cumplimos la ley de los diezmos
El evangelio requiere más que la ley antigua. Esta tenía por objeto prepararnos para el evangelio. El espíritu del acto es más importante que la letra del mismo.
Porque, he aquí, no conviene que yo mande en todas las cosas; porque aquel que es compelido en todo, es un siervo flojo y no sabio; por lo tanto, no recibe ningún galardón.
De cierto os digo, los hombres deberían estar anhelosamente consagrados a una causa justa, haciendo muchas cosas de su propia voluntad y efectuando mucha justicia;
Porque el poder está en ellos, por lo que vienen a ser sus propios agentes. Y si los hombres hacen lo bueno, de ninguna manera perderán su recompensa.19
Este debe ser el espíritu con que se ha de cumplir la ley de los diezmos, así como todas las demás reglas de la conducta cristiana. Debe nacer en nosotros este anhelo hacia el reino de Dios y sus propósitos. También debemos sentirnos agradecidos por las muchas cosas que Dios nos concede libremente, las cuales nos permiten ayudar en sus santos propósitos. El diezmo es una ofrenda que se hace voluntariamente; es una manera pequeña en que podemos mostrar nuestro agradecimiento a Dios por sus bondades. Nos permite participar en sus fines. Agradezcámosle esta oportunidad que nos ofrece de participar en tal forma.
(1) Mat. 19:16-22. (2) Marc. 10:21. (3) Mat. 6:33. (4) Lectures on Faith, por José Smith, páginas 58-60. (5) Doc. y Con. Sec. 42. (6) Doc. y Con. 72:15. (7) Doc. y Con. 42:32. (8) Doc. y Con. 78:6. (9) Doc. y Con. 104:14, 15, 17. (10) Doc. y Con. Sec. 119. (11) Gén. 14:20. (12) Heb. 7:1, 2, 4. (13) Gén 28:22. (14) Lev. 27:30. (15) Deut. 14:22. (16) Doc. v Con. 64:23-24. (17) Mal. 3:8-12. (18) Doc. y Con. 88:21, 22; 105:5. (19) Doc. y Con. 58:26-28.
























