Capítulo 7
Los Consejos Disciplinarios
Cuanto más vivo, más profundamente agradecido estoy de que el Señor nos haya dado un plan que nos permite desarrollarnos y progresar. Como parte de Su plan, Él nos proporciona guía en cuanto a la manera de vencer errores y pecados graves. Su deseo es que todos Sus hijos regresemos a Él y que todos participemos del precioso fruto de la vida eterna (véase Ezequiel 18:21-23).
En Su misericordia para con Sus hijos, el plan de Dios ofrece, a aquellos que caen en transgresión, las máximas oportunidades de hallar el perdón. El proceso del arrepentimiento no es siempre fácil; en muchos casos se puede lograr únicamente mediante un curso oficial fijado por la Iglesia. Es así que Dios ha inspirado el establecimiento de otro importante consejo eclesiástico: el consejo disciplinario. A lo largo de las siguientes páginas quisiera analizar este extraordinario instrumento de amor. Lo que leerán no tiene la finalidad de ser un bosquejo completo de los consejos disciplinarios, sino más bien una colección de sentimientos, impresiones y asesoramiento sobre este sagrado tema. Los líderes del sacerdocio deben remitirse al Manual General de Instrucciones , donde encontrarán una detallada reseña de las normas y procedimientos que se aplican a esos casos.
Tanto el Señor como quienes lo representan en Su Iglesia están prestos para recibir con brazos abiertos a aquellos que se hayan apartado del camino. La Primera Presidencia ha extendido la siguiente invitación especial:
Expresamos nuestro sincero amor y agradecimiento por nuestros hermanos y hermanas dondequiera que se encuentren. Estamos conscientes de aquellos hermanos inactivos y de aquellos a quienes se han suspendido los derechos de miembro o han sido excomulgados debido a transgresiones serias. A todos ellos queremos hacer llegar nuestro amor. Estamos ansiosos de perdonar . . . Recomendamos a los miembros de la Iglesia que perdonen a los que les hayan ofendido. A aquellos que se han hecho inactivos y a los que han empezado a criticar a la Iglesia, les decimos: “Regresen. Regresen y siéntense a la mesa del Señor, para probar nuevamente los dulces y agradables frutos del hermanamiento con los santos.” (Carta de la Primera Presidencia, diciembre de 1985.)
Cuando se hace necesario que a un miembro se le suspendan sus bendiciones, el propósito del Señor es tanto ens eñar como disciplinar. El proceso de los consejos de barrio y de estaca llevados a cabo para imponer medidas no se completa hasta tanto no se efectúen consejos de reintegración. Aun cuando la acción de estos consejos es menos pública y de menor aplicación que la de otros consejos de estaca y de barrio, es de todos modos sign disciplinarias ificativa en la vida de personas y familias dentro de la Iglesia y requiere consideración específica.
Recuerdo que de niño de vez en cuando llegaba a la mesa a la hora de la cena, con una apariencia un tanto descuidada. Mi madre hacía que fuera a asearme antes de regresar. A mis padres les habría apenado mucho si yo me hubiera ido de la casa ofendido, y yo habría sido un tonto al hacerlo. De la misma forma en ciertas ocasiones los siervos del Señor concluyen que deben, de una manera amorosa, hacer que ciertos hijos de nuestro Padre Celestial salgan y regresen limpios. El Señor no quiere que “estemos ausentes de la mesa a la hora de cenar.” De hecho, Él tiene un gran banquete preparado para aquellos que regresan limpios. Él se siente muy apenado cuando alguien, no estando aseado, se priva de la cena, halla una excusa para sentirse ofendido o se va del hogar. A Él le complace extender la oportunidad de volver a empezar.
En el transcurso de mi vida he conocido a algunas personas que no cumplen con los mandamientos y que transgreden las leyes de Dios. He sido testigo de las dolorosas consecuencias de tal actitud, pero también he visto el gozo que experimentan cuando, en humildad y pleno arrepentimiento, vuelven a la Iglesia y se les restauran todas las bendiciones del sacerdocio y del templo.
Hace algún tiempo la Primera Presidencia me pidió que, en camino a una conferencia de estaca, visitara a cierto hombre. Él había sido excomulgado de la Iglesia, había completado el proceso del arrepentimiento y se le había hallado digno de ser readmitido por medio del bautismo. Pero la ordenanza del bautismo por sí sola no le había restaurado el sacerdocio ni las bendiciones del templo. Ésa era mi asignación, actuando en nombre del Señor y bajo la dirección del de la Iglesia.
El Presidente presidente de la estaca, el Representante Regional y yo pasamos a ver al hombre, quien estaba internado en un hospital por padecer de una enfermedad que le impedía todo movimiento y el habla. Al verlo, comprendí que resultaría imposible llevar a cabo la entrevista en la forma convencional y, en cambio, sentí la impresión de que debía entrevistar a su esposa, quien estaba a su lado acompañándolo. Tras encontrar una sala desocupada en el hospital, tuve una hermosa conversación con esa ejemplar mujer, que había permanecido firme y fiel en medio de todas las penurias y las dificultades de su esposo. Ahora ella, al igual que su marido, anhelaba fervientemente que las bendiciones le fueran restauradas.
Al regresar a la sala del esposo, le pedí a la mujer que me ayudara a comunicarme con él. A lo largo de los dos años en que su cuerpo se había ido deteriorando a causa de la enfermedad, el hombre había desarrollado una manera especial de comunicarse con los ojos. Me incliné sobre la cama y le dije: “Soy el élder Ballard. Me ha enviado el Presidente de la Iglesia y tengo la autorización de restaurarle sus bendiciones. ¿Le parece bien?”. Me di cuenta rápidamente que no necesitaría la ayuda de su esposa. Los ojos del hombre se llenaron de lágrimas, las que empezaron a correr por sus mejillas en señal de una respuesta afirmativa.
Puse mis manos sobre su cabeza y, empleando la terminología relacionada con esta ordenanza, le restauré la autoridad del Sacerdocio de Melquisedec. Le oí sollozar—tal vez los primeros sonidos que había podido producir en mucho tiempo. Le restauré su oficio del sacerdocio y la santa investidura que había recibido al entrar en el templo por primera vez. Por último, le restauré aquello que tal vez era de mayor valor para él—el sellamiento a su esposa e hijos.
Al concluir las bendiciones, estábamos todos llenos de emoción. Miré a su esposa y sentí que debía bendecirla a ella también. Le dije: “Hermana, ¿querría que le diéramos una bendición?”.
“Me encantaría que me dieran una bendición, élder Ballard,” respondió. “Hace mucho tiempo que no recibo una”.
Le pedí que se sentara e invité a los otros líderes del sacerdocio que también pusieran las manos sobre la cabeza de ella. Pero cuando trate de bendecirla, no me salían las palabras. De pronto, comprendí qué era lo que estaba interfiriendo con el Espíritu. Levantamos las manos que descansaban sobre la cabeza de la mujer y dije: “Hermanos, acerquemos la silla a la cama”. Arrimamos la silla a fin de poder levantar la mano del hombre y ponerla sobre la cabeza de su esposa. Al empezar la bendición, esta vez las palabras brotaron libremente. Pronunciamos bendiciones y concedimos convicción y consuelo.
Desde entonces me ha impresionado sobremanera la lección que nos enseña esa experiencia. Aquel hombre había pecado, y nuestro amoroso Padre Celestial requirió que se arrepintiera a fin de volver a ser digno de contarse entre los santos. Desde entonces, había cumplido con la voluntad del Padre; había cambiado por completo su vida y se había arrepentido. Ahora, otra vez en la Iglesia y continuando con su progreso, era digno de que le fueran restauradas sus más grandes bendiciones, estando en condiciones de usar inmediatamente la autoridad restituida de su sacerdocio al participar en una bendición especial dada a su esposa.
OPCIONES DISCIPLINARIAS
Cuando un obispo (o, en ciertos casos, un presidente de estaca) se entera de una transgresión, generalmente por medio de la confesión del miembro responsable, lo primero que hace es reunirse con el miembro. Si el pecado no es de naturaleza grave, el obispo puede decidir mediante inspiración que no es necesario llevar a cabo ninguna acción disciplinaria. Puede seguir aconsejando y advirtiendo con el fin de ayudar al miembro a resistir las tentaciones y evitar una futura transgresión.
Otra opción que tiene el obispo es poner al miembro bajo prueba informal, restringiendo provisionalmente sus privilegios de miembro de la Iglesia, tales como participar de la Santa Cena, desempeñarse en un cargo eclesiástico o entrar al templo. Además, puede requerir que el miembro efectúe cambios positivos específicos en su actitud o conducta, que lea pasajes seleccionados de las Escrituras y que asista a reuniones de la Iglesia. No se crea ni se lleva ningún registro oficial en casos de prueba informal. El obispo se mantiene en estrecho contacto con el miembro y está autorizado para levantar el período de prueba cuando se sienta inspirado a hacerlo.
En estos casos, la aplicación de medidas eclesiásticas informales hará innecesario que se lleve a cabo una acción disciplinaria y que, por consiguiente, se convoque un consejo formal. Teniendo en cuenta que el arrepentimiento y las acciones reformatorias son el objetivo principal de la mayoría de las medidas disciplinarias, el obispo o el presidente de estaca puede llegar a considerar que la persona haya hecho todo lo necesario para arrepentirse y que no habría ningún propósito adicional en formar un consejo disciplinario.
Por otro lado, el espíritu de inspiración o la gravedad de la transgresión, puede requerir que el líder eclesiástico reúna un consejo disciplinario. Existen ciertas ofensas específicas serias que obligan a la formación de uno de tales consejos, como homicidio o incesto, al igual que otras transgresiones graves cometidas por un miembro que ocupe un cargo prominente en la Iglesia. En este contexto, se entiende por transgresión grave una ofensa contra la moralidad, como ser, intento de homicidio, violación, abuso sexual forzado, causar daño físico grave e intencional a otras personas, adulterio, fornicación, relaciones homosexuales, maltrato de menores (sexual o físico), maltrato conyugal, abandono premeditado de responsabilidades familiares, robo, asalto, desfalco, rapiña, venta de narcóticos ilícitos, fraude, perjuria o falso testimonio.
En las Escrituras, el Señor nos da una guía en cuanto a los consejos disciplinarios de la Iglesia (véase D&C 102). El término consejo, en este sentido, se refiere a un proceso útil un proceso de amor e interés que tiene como su principal consideración la salvación y la bendición del transgresor.
EL PROPÓSITO DE LOS CONSEJOS DISCIPLINARIOS
A veces los miembros preguntan por qué razón se llevan a cabo consejos disciplinarios. Existen tres propósito fundamentales: (1) salvar el alma del transgresor; (2) proteger al inocente y (3) salvaguardar la pureza, la integridad y el buen nombre de la Iglesia.
La Primera Presidencia ha indicado que se deben constituir consejos disciplinarios en casos de homicidio, incesto, apostasía o de abogar y enseñar doctrinas apóstatas y contrarias a la Iglesia. Además de tales casos y de aquellos en los que esté implicado un líder prominente de la Iglesia, se debe llevar a cabo una acción de consejo disciplinario cuando el transgresor sea un sujeto que constituya una amenaza para otras personas, cuando el individuo incurra repetidamente en transgresiones graves o cuando una transgresión grave sea de conocimiento público.
Aún cuando no es obligatorio para personas que no tengan un cargo prominente en la Iglesia, también se deben considerar consejos disciplinarios para otros miembros que cometan transgresiones de gravedad como las mencionadas anteriormente.
No se forman consejos disciplinarios para juzgar casos civiles ni criminales; de hecho, hay casos criminales que tal vez no hagan necesaria la intervención disciplinaria de la Iglesia. El fallo de un tribunal civil quizás contribuya a determinar si es necesario o no formar un consejo disciplinario eclesiástico. Sin embargo, la decisión de tal tribunal no dicta qué tipo de sanción debe aplicar un consejo de la Iglesia.
No se llevan a cabo consejos disciplinarios por cosas tales como no pagar el diezmo, desobediencia a la Palabra de Sabiduría, no asistir a la iglesia o no recibir a los maestros orientadores. Tampoco se convocan dichos consejos por no pagar deudas o cosas por el estilo, no tiene como finalidad resolver disputas entre miembros y tampoco se les forma para considerar el pedido de miembros de que se retire su nombre de los registros de la Iglesia, amenos que un miembro que haya cometido una transgresión grave solicite que se proceda de esa manera para evitar la posibilidad de suspensión de derechos o de excomunión. La acción de retirar el nombre de una persona de los registros eclesiásticos es una medida seria pero se le trata como un hecho administrativo.
El obispado, en consulta con el presidente de estaca, tiene la responsabilidad y la autoridad de llevar a cabo consejos disciplinarios por transgresiones que involucren a miembros del barrio. Sin embargo, si existe la probabilidad de excomulgar a un poseedor del Sacerdocio de Melquisedec, el asunto es remitido a la presidencia de la estaca, la cual, con la ayuda del sumo consejo, puede formar un consejo disciplinario de estaca para tratar el caso de tal poseedor del Sacerdocio de Melquisedec.
Si un miembro considera que se le ha tratado injustamente en un consejo disciplinario, puede hacer una apelación. La apelación de una decisión de un consejo disciplinario de barrio va a la presidencia de estaca y al sumo consejo. Toda apelación adicional pasa a la consideración de la Primera Presidencia.
Las misiones, los distritos y las ramas tienen jurisdicción similar a la de las estacas y barrios. Los presidentes de misión tienen jurisdicción sobre sus respectivos misioneros y sobre miembros de ramas dependientes de los distritos de la misión.
CÓMO FUNCIONAN LOS CONSEJOS DISCIPLINARIOS
Tras la debida notificación y fijación de fecha, se lleva a cabo el consejo disciplinario, el cual empieza con una oración, seguida por una declaración del oficial presidente o del representante que él haya asignado en lo que respecta a la falta informada. Si el miembro niega dicha falta, se presenta la evidencia que exista tocante a ella. El miembro, entonces, presenta a sus testigos y evidencia y hace cualquier comentario o declaración que estime necesario en cuanto a sus sentimientos y a los pasos que haya tomado, si tal fuera el caso, conducentes al arrepentimiento. Tras responder preguntas y hacer aclaraciones ante el consejo, se excusa al miembro y los líderes deliberan y oran al respecto. La decisión final descansa sobre el oficial presidente, quien actúa por medio de la inspiración. Se les pide a los demás líderes del sacerdocio participantes que den su voto de apoyo a la decisión y, si las hubiera, que expresen sus diferencias de opinión.
El consejo toma en consideración muchos factores, como ser, si se violaron los convenios del templo o matrimoniales; si se abusó de una posición de confianza o autoridad; la reiteración, magnitud y alcance de la transgresión; la edad, grado de madurez y de experiencia del transgresor; los intereses de víctimas o de familiares inocentes; el tiempo transcurrido entre la transgresión y la confesión; si la confesión fue voluntaria o no y las evidencias que existan de un arrepentimiento sincero.
Aquellos que toman parte en el consejo deben guardar todo bajo el más estricto grado de confidencia y tratar el asunto con un espíritu de amor. Esto incluye ser respetuosos y solemnes durante el proceso disciplinario. ¿Se imaginan cómo se sentirían ustedes si fueran una persona arrepentida que aguarda la decisión de la presidencia de la estaca y oyeran hablar en voz alta y risas procedentes de la sala del sumo consejo? Aunque esas conversaciones y risas no tuvieran nada que ver con la situación que se estuviera tratando, resultaría totalmente inapropiado. Recuerden que el objetivo del consejo disciplinario no es ejercer retribución, sino ayudar al miembro a efectuar los cambios necesarios para que la persona pueda volver limpia a Dios. Aquellos que comparecen ante cualquier consejo disciplinario de la Iglesia tienen el derecho de que se les trate con respeto y cortesía.
Cuando un miembro acusado de haber cometido una falta se presenta ante un consejo disciplinario, el consejo puede adoptar una de cuatro decisiones: (1) ninguna medida, (2) un período de prueba formal, (3) la suspensión de derechos o (4) la excomunión.
Aun cuando se hubiera cometido una transgresión, es posible que el consejo decida no tomar ninguna medida en ese momento. (Se le aconsejaría al miembro recibir asesoramiento adicional de parte de su obispo.)
El período de prueba formal es un estado disciplinario provisional, impuesto con el fin de ayudar al miembro a lograr un arrepentimiento completo. El oficial presidente del consejo especifica las condiciones bajo las cuales se le levantaría el período de prueba. Durante ese período, el obispo o el presidente de estaca se mantiene en estrecho contacto con el miembro para ayudarlo en su progreso personal.
A1 igual que en el caso de la prueba formal, la suspensión de derechos es generalmente una medida disciplinaria temporaria para contribuir al proceso del arrepentimiento. Las personas a quienes se le suspenden los derechos retienen su condición de miembros de la Iglesia. Se les anima a asistir a las reuniones generales, aunque no se les permite dar oraciones ni discursos. Tampoco pueden desempeñarse en cargos eclesiásticos, tomar la Santa Cena, votar en favor o en contra de oficiales, tener la recomendación para el templo ni ejercer el sacerdocio. Sin embargo, sí pueden pagar el diezmo y las ofrendas y continuar usando los gárments del templo, si los hubieran recibido.
La excomunión es el juicio más severo que puede imponer un. consejo disciplinario de la Iglesia. La persona que es excomulgada deja de ser miembro de la Iglesia negándosele, por consiguiente, los privilegios como tal, incluyendo el uso de sus gárments y el pago de diezmo y ofrendas. Puede asistir a reuniones públicas de la Iglesia pero, al igual que en el caso de aquel a quien se le suspenden los derechos, no puede tomar parte activa en dichas reuniones. A la persona excomulgada se le insta a arrepentirse y a vivir de manera tal que con el tiempo se haga digna de que se le vuelva a bautizar y se reintegre totalmente a la actividad en la Iglesia.
Se da gran consideración al carácter confidencial de las decisiones adoptadas por un consejo disciplinario de la Iglesia. Nunca se hace ningún anuncio cuando a un miembro se le somete a un período de prueba formal. Las decisiones de suspensión de derechos o excomunión tampoco son anunciadas públicamente a menos que la transgresión sea de amplio conocimiento, que la conducta del transgresor constituya una amenaza para la comunidad o que se haga necesario el anuncio para disipar rumores. Aun cuando se haga un anuncio, se le limitará a una declaración general de la decisión adoptada.
CÓMO FACILITAR CAMBIOS POR MEDIO DE LOS CONSEJOS
Ninguna acción disciplinaria de la Iglesia tiene el propósito de ser el final del proceso sino que, más bien, está destinada a ser el comienzo de un curso que conducirá al infractor a un pleno hermanamiento y hacia la totalidad de las bendiciones de la Iglesia. Los líderes del sacerdocio se esfuerzan por entender, animar y aconsejar a la persona que vaya a ser disciplinada. Se aseguran de que tenga entrevistas regulares con el obispo, de que se le asignen maestros orientadores maduros que le ayuden y que los miembros de la familia reciban la atención, el asesora- miento y la hermandad que necesitan durante ese período tan difícil.
El resultado deseado es que la persona haga todos los cambios necesarios para regresar plenamente y reciba las maravillosas bendiciones de la Iglesia. Cuando haya progresado hasta ese punto, el obispo o el presidente de estaca actual-aun en el caso de que la persona esté viviendo en un nuevo barrio o estaca o si en ese momento la unidad tiene un nuevo obispado o una nueva presidencia de estaca- tiene la autoridad para convocar un nuevo consejo disciplinario a fin de considerar nuevas medidas.
Después de que una persona excomulgada haya sido bautizada nuevamente, en el registro de miembro figurará la fecha del bautismo y las otras ordenanzas originales sin hacer referencia a la excomunión. En el caso de ciertas ofensas, se requiere la aprobación de la Primera Presidencia antes de que a una persona se le readmita en la Iglesia por medio del bautismo. Un hombre que previamente haya sido poseedor del sacerdocio pero que no hubiera recibido sus investiduras debe, generalmente, ser ordenado a su previo oficio del sacerdocio. Pero, como ya se ha dicho, en su célula de miembro constará la fecha de ordenación original y no se hará referencia a la excomunión.
Una persona que haya recibido sus investiduras en el templo antes de que se le excomulgara, podrá recobrar la autoridad del sacerdocio o las bendiciones del templo únicamente mediante la ordenanza de restauración de bendiciones. Se trata de una ordenanza especial efectuada por una Autoridad General, aprobada y dirigida por la Primera Presidencia. Después de llevada a cabo, se tiene que crear un nuevo registro de miembro en el cual figurarán las fechas originales de bautismo, investidura, sellamiento y ordenaciones en el sacerdocio. Como en los casos mencionados antes, no se dejará constancia de la excomunión en los nuevos registros.
A nuestro Padre Celestial le complace que se les restauren las bendiciones a Sus hijos e hijas que demuestren un arrepentimiento sincero y total.
EXTENDAMOS UNA MANO AL PENITENTE
Es muy difícil que quienes nunca hayan pasado por una situación tal lleguen a comprender plenamente el trauma que experimentan quienes son suspendidos o excomulgados de la Iglesia.
“Lo que sentí fue horrible”, dijo un hombre, “pero sabía que era la voluntad del Señor. Pude percibir el espíritu de interés entre los hermanos presentes cuando se me dio a conocer la decisión del consejo. Sólo sentí amor y compasión”.
Pese a ello, el dolor es difícil de sobrellevar. “Lleno de angustia y pesar”, dijo, “lloré, oré, pasé noches enteras en vela aterrorizado por la idea de que llegara a perder a mi esposa y mis hijos para siempre. Aun cuando me mantuve en contacto regular con mi obispo, me sentía solo, muchas veces presa de un sentimiento de rebeldía y al mismo tiempo de culpa por ser rebelde.
“Al mirar hacia atrás ahora, comprendo que, pese a haber sido terriblemente difícil, fue necesario que pasara por todos esos desafíos personales. Todo el proceso fue una gran bendición para mí. El arrepentimiento es algo que cada uno debe encontrar por sí mismo con el paso del tiempo”.
Otra persona que fue excomulgada explicó su sentir de esta manera: “El progreso eterno es una bendición enorme. Es como nadar en un río en el cual la meta es alcanzar la cabecera. Lo importante del progreso no es dónde uno se encuentre en el río sino que esté nadando río arriba. Después de haber caído tanto como consecuencia de mis faltas, me hace sentir bien el verme liberado del peso del pecado y poder nadar hacia la cabecera espiritual otra vez”.
Los amigos y la familia son vitalmente importantes para la persona que batalla por regresar a las vías del Evangelio. Quienes rodean a tal persona deben refrenarse de juzgar y deben hacer todo cuanto esté de su parte por demostrar amor. El Señor ha mandado: “Por tanto, os digo que debéis perdonaros los unos a los otros; pues el que no perdona las ofensas de su hermano, queda condenado ante el Señor, porque en él permanece el mayor pecado. Yo, el Señor, perdonaré a quien sea mi voluntad perdonar, mas a vosotros os es requerido perdonar a todos los hombres” (D&C 64:9- 10).
Una hermana que había sido presidenta de la Sociedad de Socorro nos cuenta del amor y el apoyo que recibió a lo largo de un doloroso período en que le fueron suspendidos sus derechos de miembro: “Cuando los hermanos del obispado me escucharon, pude sentir un amor que nunca había sentido antes. Todos lloraron conmigo”.
A pesar de que, al principio, sintió como si el corazón “fuera a quebrarse en miles de pedazos”, al día siguiente le invadió un espíritu de consuelo y comprendió que no sería abandonada.
Una de las cosas más difíciles para ella fue ir a las reuniones de la Iglesia al domingo siguiente, aun cuando resultó mucho más fácil de lo que había pensado. El obispo se tomó el tiempo de recibirla y darle la bienvenida. Con y sin palabras, los miembros del obispado, quienes habían participado en el consejo, expresaron su amor e interés. Nadie más estaba enterado de la situación. “No hubo la más mínima señal de falta de respeto”, dijo ella.
Con el transcurso de las semanas y de los meses, se dio cuenta de que su dolor y sufrimiento, de hecho, la estaban ayudando en el proceso de purificación. Lo que es más, ese dolor y ese sufrimiento constituían un elemento imprescindible en dicho proceso. Y el dolor que su familia experimentó se vio en parte aliviado gracias a la bondad y la consideración demostrada por otras personas.
Con agonía ella reconoce: “Todo miembro de la Iglesia debe comprender que también él o ella es capaz de pecar.
¡Cuán grande el precio que he pagado por engañarme a mí misma en cuanto a lo que estaba haciendo!”.
PROTEJÁMONOS CONTRA EL PECADO
Debemos tener constante cuidado con nuestros pensamientos. Los pecados graves casi siempre empiezan con pensamientos indignos. Hace algunos años, bajo la dirección de la Primera Presidencia, entrevisté a un hombre con miras a que se le restauraran la autoridad del sacerdocio y las bendiciones del templo. Se le había excomulgado mientras servía en un importante llamamiento en su barrio. En el curso de nuestra conversación, le pregunté: “¿Cómo fue que sucedió todo esto?”.
En un tono de voz serio me contestó: “Todo empezó cuando decidí hojear una revista pornográfica. Ese insignificante incidente me llevó a cosas cada vez más inmorales incluyendo películas y videos eróticos hasta que cometí adulterio con una prostituta”.
El hombre continuó diciendo: “Al pensar en todo eso, me cuesta creer que fui capaz de hacer cosas tan horribles. Pero las hice y todo empezó con una revista pornográfica. Hermano Ballard, hágales saber a los santos que deben tener cuidado con lo que miran y lo que ven en la televisión, en películas y en videos”.
Otro joven que cayó en más o menos las mismas circunstancias, más tarde atribuyó su retorno a la Iglesia a la influencia de varios amigos y miembros del barrio que lo pusieron bajo sus alas y le ayudaron a reconocer que era un alma digna de salvar. El presidente del quórum de élderes, en particular, y su familia, ofrecieron su amistad a ese joven y a su esposa. Les hicieron sentirse amados, necesitados, valorados y bienvenidos en la Iglesia.
Una hermana a quien, tras años de fiel y abnegado servicio a la Iglesia, se le tuvo que disciplinar, dijo: “No tenía idea de que fuera capaz de cometer una transgresión tan grave. Había dado por sentado que si sabía que algo estaba mal, nunca lo haría. Cuán poco entendí la extraña dinámica de la conducta humana, o aquello de lo que yo era capaz”.
No debemos nunca olvidar que Satanás es real y que tiene el poder de “prender” a los seres mortales “con sus sempiternas cadenas . . . y los conduce astutamente al infierno” (2 Nefi 28:19, 21). Los consejos disciplinarios de barrio y de estaca son una parte importante del plan de Dios de redimir a Sus hijos de las cadenas del pecado. Todos los que sirven en esos consejos o que tratan de influir positivamente en la vida de seres queridos que han sido disciplinados, deben tener presente la importancia de amar sin juzgar; ser sensibles y considerados sin entrometerse; ser afectuosos sin condescendencia; perdonar y olvidar. Por sobre todo lo demás, tenemos que recordar lo que dijo el Señor: “He aquí, quien se ha arrepentido de sus pecados es perdonado; y yo, el Señor, no los recuerdo más” (D&C 58:42).
Siendo que todos, en mayor o menor grado, somos espiritualmente impuros a causa del pecado y que, por consiguiente, tenemos necesidad del sacrificio. expiatorio del Señor Jesucristo, ¿podemos encontrar justificativo para no obrar de esa manera?
























