Éxodo 22
Introducción
La Ley de Moisés es mucho más que los Diez Mandamientos; abarca una amplia gama de asuntos sociales, económicos, legales, prácticos y espirituales. Es una forma de vida; un sistema político; una constitución para los israelitas. La Ley se compone de tres elementos principales: Mandamientos, Juicios y Estatutos. El capítulo 21 marca el inicio de los Juicios revelados en la Ley de Moisés. Los capítulos 22 y 23 continúan con más juicios y mandamientos. Estos no pueden entenderse fuera de su contexto histórico o político. Puede haber elementos que no se apliquen a nosotros hoy, o juicios que nos parezcan severos. Debemos recordar que fue “una ley muy estricta” para un pueblo de dura cerviz (Mosíah 13:29), pero los principios subyacentes siguen siendo instructivos. Nefi declaró:
“Y observábamos guardar los juicios, y los estatutos, y los mandamientos del Señor en todas las cosas, conforme a la ley de Moisés” (2 Nefi 5:11).
Éxodo 22:1–20 — Los juicios de Dios bajo la Ley de Moisés
Revelan doctrinalmente que la justicia divina busca restaurar el orden moral, proteger a los vulnerables y formar un pueblo íntegro, más que imponer castigos arbitrarios. En estos juicios, el Señor establece principios de restitución proporcional, mostrando que el pecado daña relaciones y que la reparación es parte esencial del arrepentimiento; quien roba o causa pérdida debe devolver y compensar, aprendiendo responsabilidad y respeto por el prójimo. Al mismo tiempo, la ley distingue entre daño intencional y circunstancias inevitables, afirmando que Dios considera la intención del corazón y las condiciones reales de cada acto. La protección especial otorgada al pobre, al extranjero, a la viuda y al huérfano manifiesta el carácter compasivo de Dios, quien se identifica con los indefensos y declara que la opresión clama directamente a Él. Asimismo, las prohibiciones contra la idolatría y las prácticas que desvían la lealtad del convenio subrayan que la justicia social y la fidelidad espiritual son inseparables: no se puede adorar correctamente a Dios mientras se explota o se engaña al prójimo. En conjunto, estos juicios enseñan que la Ley de Moisés no solo regula conductas, sino que educa la conciencia, formando un pueblo que aprende a vivir con equidad, misericordia y reverencia, reflejando en la vida diaria el carácter justo y santo del Dios del convenio.
En el capítulo anterior comenzamos a numerar los juicios de la Ley de Moisés. Continuaremos esa lista en este capítulo:
- Si un hombre roba un buey o una oveja (Éx. 22:1)
- Si un ladrón es sorprendido en el acto de robar (Éx. 22:2–4)
- Si un pastor permite que su rebaño paste en la propiedad de otro (Éx. 22:5)
- Juicio en casos de incendio provocado (Éx. 22:6)
- Restitución en casos de bienes o ganado robados (Éx. 22:7–13)
- Casos de lesión o muerte de animales de trabajo prestados (Éx. 22:14–15)
- Responsabilidad del hombre que se acuesta con una virgen (Éx. 22:16–17)
- Juicio contra las hechiceras (JST: asesinos)
- Juicio contra la bestialidad (Éx. 22:19)
- Juicio contra el sacrificio a dioses falsos (Éx. 22:20 — este pecado era común cerca del final de la nación judía)
Éxodo 22:1 — “Restituirá cinco bueyes por un buey y cuatro ovejas por una oveja”.
Enseña doctrinalmente que la justicia de Dios está orientada a la restitución responsable, no a la mera retribución punitiva. Este principio reconoce que el robo no solo quita un bien material, sino que hiere la seguridad, el sustento y la confianza dentro de la comunidad; por ello, la compensación supera la pérdida original. Doctrinalmente, la restitución aumentada tiene un propósito formativo: disuadir el mal, restaurar al perjudicado y enseñar al transgresor a asumir plenamente las consecuencias de sus actos. Al exigir una compensación proporcional y significativa, el Señor afirma que el arrepentimiento verdadero incluye reparar el daño causado en la medida de lo posible. Así, este versículo revela que la ley del convenio busca sanar relaciones y reordenar la comunidad mediante actos concretos de justicia, mostrando que Dios valora la responsabilidad, la equidad y la restauración del bien común por encima de castigos que no producen cambio del corazón.
Spencer W. Kimball: La restitución por el pecado. Cuando una persona es humilde en su pesar, ha abandonado incondicionalmente el mal y ha confesado a quienes el Señor ha designado, debe entonces restaurar, en la medida de lo posible, aquello que fue dañado. Si robó, debe devolver al dueño legítimo lo que fue hurtado. Tal vez una razón por la que el asesinato es imperdonable es que, al quitar una vida, el asesino no puede restaurarla. La restitución completa no es posible. Asimismo, habiendo robado la virtud de alguien, es imposible devolverla.
Sin embargo, el alma verdaderamente arrepentida por lo general encontrará cosas que puede hacer para restaurar en alguna medida. El verdadero espíritu del arrepentimiento exige esto. Ezequiel enseñó: “Si el impío… devuelve lo que robó, y anda en los estatutos de vida, sin cometer iniquidad; ciertamente vivirá” (Ezequiel 33:15).
Moisés enseñó: “Si alguno robare buey u oveja… restituirá cinco bueyes por un buey, y cuatro ovejas por una oveja” (Éxodo 22:1).
Un pecador suplicante también debe perdonar a todas las personas por todas las ofensas cometidas contra él. El Señor no está obligado a perdonarnos a menos que nuestros corazones estén completamente purificados de todo odio, amargura y acusaciones contra los demás. (Ensign, noviembre de 1980, 98)
Éxodo 22:6 — “Si saliere fuego y alcanzare los espinos… y se consumieren las gavillas de grano…”
Enseña doctrinalmente que Dios exige responsabilidad por los daños causados por la negligencia, aun cuando no exista intención maliciosa. El fuego, útil y necesario cuando está controlado, se convierte en agente de destrucción cuando se descuida, ilustrando que acciones aparentemente pequeñas pueden producir consecuencias graves si no se gobiernan con prudencia. Doctrinalmente, este juicio afirma que el pecado no se mide solo por la intención, sino también por la falta de cuidado hacia el prójimo y sus bienes; quien provoca daño por descuido está obligado a reparar, porque el amor al prójimo incluye prevenir el mal cuando está en nuestras manos hacerlo. Así, la ley del convenio forma una conciencia social que valora la previsión, el autocontrol y la consideración por el bienestar ajeno. El pasaje enseña que la justicia divina protege la vida y el sustento cotidiano, recordando que vivir conforme a Dios implica hacerse cargo de los efectos de nuestras decisiones, incluso cuando el daño no fue buscado, y trabajar activamente para restaurar lo que se ha perdido.
“La desgracia del hombre que enciende un montón de basura en su propia tierra y ve cómo el viento aviva las llamas hasta que se extienden hacia la propiedad de su vecino ha causado infartos a agricultores de todas las generaciones.” (The Interpreter’s Bible, vol. 1, p. 1003)
Éxodo 22:9 — “La causa de ambas partes vendrá delante de los jueces”.
Enseña doctrinalmente que la justicia en el pueblo del convenio debe ejercerse con orden, imparcialidad y responsabilidad comunitaria. Este principio afirma que los conflictos no se resuelven por la fuerza, la influencia o la venganza personal, sino mediante un proceso justo donde ambas partes son escuchadas y evaluadas conforme a la ley de Dios. Doctrinalmente, llevar la causa “delante de los jueces” protege la verdad, frena el abuso del poder y preserva la paz social, recordando que la justicia no pertenece al individuo, sino a Dios, quien la administra mediante autoridades establecidas. El pasaje revela que el Señor valora la equidad procesal y la rendición de cuentas, y que la vida del convenio requiere confiar en un orden justo aun cuando ello implique someter los propios intereses. Así, esta ley forma un pueblo que aprende a resolver disputas con rectitud y humildad, enseñando que la justicia divina se manifiesta cuando la verdad se busca de manera ordenada, transparente y responsable para el bien de toda la comunidad.
Siguiendo el consejo de su suegro Jetro, Moisés estableció un sistema de jueces menores (Éxodo 18). Los juicios del libro de Éxodo servían como la “ley de la tierra” en asuntos seculares, mientras que los mandamientos y estatutos funcionaban más como el “manual de la Iglesia” en asuntos espirituales. Siempre es mejor que los jueces tengan las mismas normas de conducta moral que uno. Por eso Pablo dijo:
“¿Se atreve alguno de vosotros, cuando tiene algo contra otro, a ir a juicio delante de los injustos, y no delante de los santos? ¿No sabéis que los santos han de juzgar al mundo?” (1 Corintios 6:1–7).
Éxodo 22:16–17 — “Si alguno engañare a una doncella que no fuere desposada, y durmiere con ella…”
Enseña doctrinalmente que Dios toma con seriedad la responsabilidad moral que acompaña a la intimidad y protege la dignidad y el bienestar de quienes pueden quedar vulnerables por el engaño. Este pasaje no describe la intimidad en términos gráficos ni la trivializa; más bien, confronta el abuso de confianza y establece consecuencias claras para restaurar justicia y cuidado. Doctrinalmente, la ley afirma que la libertad personal no excusa la irresponsabilidad: quien hiere mediante engaño debe asumir obligaciones reales —honra, provisión y compromiso— y la familia conserva un rol protector al salvaguardar el bien de la joven. Al mismo tiempo, el texto muestra que la justicia divina no reduce a la persona a su error, sino que busca reparar el daño y preservar su futuro. Así, el pasaje enseña que la vida del convenio exige integridad del corazón, respeto por el otro y disposición a responder por las consecuencias de las propias decisiones, recordando que el amor verdadero nunca separa el deseo de la responsabilidad.
Aunque rara vez se observa hoy, esta idea sigue siendo válida: lo más honorable que puede hacer un hombre que “humilla” a una virgen es casarse con ella.
“La seducción de una virgen no comprometida disminuye sus posibilidades de matrimonio y su padre puede no recibir nunca el precio completo de la novia (de ahí la inclusión de esta ley entre los daños económicos; si la joven ya está desposada, la seducción cuenta como adulterio, Deut. 22:23–27). El seductor debe compensar ambas pérdidas.” (The Jewish Study Bible, 2.ª ed., 2014, p. 148)
Éxodo 22:18 — “A la hechicera no dejarás que viva”
Enseña doctrinalmente la absoluta incompatibilidad entre el convenio con Jehová y las prácticas que buscan poder espiritual fuera de Dios. Este mandato, severo a la sensibilidad moderna, no debe leerse como una invitación a la violencia indiscriminada, sino como una afirmación del principio central de la ley: Jehová es la única fuente legítima de revelación, poder y protección espiritual para Su pueblo. Doctrinalmente, la hechicería representaba una rebelión directa contra el convenio, porque sustituía la dependencia de Dios por manipulaciones espirituales, alianzas ocultas y control humano de lo sagrado. En el contexto del Sinaí, donde Dios se había revelado con poder manifiesto, tolerar tales prácticas habría corrompido la fe, confundido al pueblo y desviado su lealtad. Este juicio subraya que el Señor protege celosamente la pureza espiritual de Israel, enseñando que el mal espiritual no es neutral ni inofensivo, sino profundamente destructivo para la comunidad del convenio. Así, el versículo afirma que la vida santa requiere una separación radical de toda forma de poder que compita con Dios, recordando que la verdadera seguridad espiritual no se halla en lo oculto o lo manipulable, sino en una relación fiel y obediente con Jehová.
“La hechicería generalmente consiste en ritos supersticiosos vinculados con formas anteriores de religión ya abandonadas. Pero la religión de Yahvé exigía lealtad absoluta, y participar en otros cultos era considerado alta traición religiosa, castigada con la muerte.” (The Interpreter’s Bible, ed. G. A. Buttrick et al., Nueva York: Abingdon Press, 1952, vol. 1, p. 1006)
Si Dios dice que se dé muerte a las hechiceras, entonces debía hacerse. Debe notarse que esta ley se aplica únicamente bajo un gobierno teocrático estricto y no debería aplicarse cuando existe separación entre la Iglesia y el Estado. Pero incluso en un contexto teocrático surge una pregunta crucial: ¿cómo se sabe quién es realmente una hechicera? La Escritura no lo explica, y eso lo hace particularmente problemático.
“La persona más fácil a quien culpar es la anciana observada practicando algún antiguo culto religioso, recolectando hierbas, murmurando conjuros y preparando brebajes.” (Ibíd., 1:1006)
Considérese la trágica aplicación de esta ley en Salem, Massachusetts, en la década de 1690. Las cacerías de brujas allí realizadas fueron obra del adversario y no de Dios.
“Los juicios por brujería de Salem fueron una serie de audiencias y procesos judiciales contra personas acusadas de brujería en la Massachusetts colonial entre febrero de 1692 y mayo de 1693. Los juicios resultaron en la ejecución de veinte personas, catorce de ellas mujeres, casi todas por ahorcamiento. Otras cinco personas murieron en prisión… Este episodio es uno de los casos más notorios de histeria colectiva en la América colonial. Se ha utilizado como una advertencia vívida sobre los peligros del extremismo religioso, las falsas acusaciones y la falta de debido proceso.” (Wikipedia, Salem Witch Trials)
“En enero de 1692, Elizabeth (Betty) Parris, de 9 años, y Abigail Williams, de 11 años (hija y sobrina de Samuel Parris, ministro de Salem Village), comenzaron a sufrir ataques, incluyendo contorsiones violentas y gritos incontrolables. Después de que un médico local diagnosticara ‘embrujamiento’, otras jóvenes de la comunidad comenzaron a manifestar síntomas similares…
A finales de febrero se emitieron órdenes de arresto contra Tituba, esclava caribeña de la familia Parris, junto con otras dos mujeres. Durante los interrogatorios, mientras las acusadoras se retorcían y gritaban en la sala, dos de las acusadas negaron su culpabilidad, pero Tituba confesó. Probablemente intentando salvarse, afirmó que había otras brujas que servían al diablo. A medida que la histeria se extendió, se acusó incluso a personas consideradas piadosas y respetables, así como a una niña de cuatro años.” (History.com, Salem Witch Trials)
Éxodo 22:19 — “Cualquiera que se ayuntare con bestia, ciertamente morirá”
Enseña doctrinalmente que Dios establece límites morales absolutos para proteger la santidad de la vida humana y el orden de la creación. Este mandato, expresado con severidad, no busca describir conductas ni despertar morbo, sino afirmar que existen transgresiones que deshumanizan, destruyen la dignidad personal y confunden radicalmente los límites entre lo humano y lo creado. Doctrinalmente, el pasaje declara que la sexualidad tiene un propósito divino ligado al convenio, a la responsabilidad y a la preservación del orden moral, y que su corrupción extrema representa una ruptura profunda con ese propósito. En el contexto del Sinaí, esta ley protege al pueblo de prácticas asociadas a cultos paganos que degradaban a la persona y erosionaban la identidad espiritual de la comunidad. Así, el versículo afirma que la santidad no es negociable y que Dios, al establecer límites claros, no restringe arbitrariamente, sino que preserva la dignidad, la salud moral y la identidad sagrada de Sus hijos. En última instancia, este juicio enseña que la ley divina existe para guardar al ser humano de aquello que lo destruye, llamándolo a vivir conforme al orden, la reverencia y la santidad que proceden de Dios.
Al preparar este comentario, se realizó una investigación básica sobre este tema. El resultado es perturbador: la práctica existe en el mundo moderno y en algunos lugares ha sido tolerada legalmente.
Un informe es suficiente para ilustrar el problema: “Personas que mantienen relaciones ilícitas con animales han estado vinculadas a otros delitos graves. En algunos casos documentados, estos comportamientos se han asociado con violencia y abuso.
Organizaciones de protección animal han solicitado que se establezcan leyes claras que prohíban este tipo de conductas. En la mayoría de los países existen leyes de protección animal, aunque en algunos lugares la ilegalidad depende únicamente de si hubo daño físico al animal.” (Barbie Latza Nadeau, The Daily Beast, 14 de octubre de 2014)
Obsérvese que, desde una perspectiva legal moderna, la preocupación suele centrarse en la salud del animal, no en la degradación moral de la persona. Algunos afirman que “no se puede legislar la moral”, pero eso es precisamente lo que Dios hizo en el Sinaí.
Existen leyes contra el incesto y el abuso infantil.
¿Cuál es la diferencia esencial?
Éxodo 22:20 — “El que sacrificare a dioses, excepto solamente a Jehová, será completamente destruido”
Enseña doctrinalmente la exclusividad absoluta del convenio y la seriedad de la lealtad espiritual exigida por Dios. Este mandato no se centra en el acto ritual en sí, sino en lo que el sacrificio representa: la entrega del corazón, la confianza última y la obediencia suprema. Doctrinalmente, sacrificar a otros dioses equivale a romper el convenio en su núcleo, porque transfiere a poderes falsos la adoración y dependencia que solo pertenecen a Jehová, el Dios que liberó, sostuvo y reveló Su ley a Israel. La expresión “completamente destruido” subraya que la idolatría no es una falta menor ni neutral, sino una amenaza existencial para la identidad del pueblo del convenio, pues corrompe la fe, fractura la comunidad y desvía la vida hacia fuentes que no pueden salvar. Así, este versículo afirma que la santidad del pueblo depende de una devoción indivisa y que Dios protege celosamente esa relación porque de ella procede la vida, la libertad y la bendición. En última instancia, el pasaje enseña que el convenio con Jehová no admite rivales: vivir es pertenecerle plenamente, y apartarse de Él es separarse de la única fuente verdadera de vida y redención.
La idolatría era castigada con la muerte, pero esta pena se aplicó de manera directa solo en los primeros tiempos (véase Números 25:1–5). Más adelante, el Señor tuvo que valerse de los asirios y de los babilonios para ejecutar el juicio de castigo capital sobre los israelitas idólatras.
“…el pueblo empezó a fornicar con las hijas de Moab.
Las cuales convidaron al pueblo a los sacrificios de sus dioses; y el pueblo comió, y se inclinó a sus dioses.
Así acudió el pueblo a Baal-peor; y el furor de Jehová se encendió contra Israel.
Y Jehová dijo a Moisés: Toma a todos los jefes del pueblo, y ahórcalos ante Jehová delante del sol, y el ardor de la ira de Jehová se apartará de Israel.
Entonces Moisés dijo a los jueces de Israel: Matad cada uno a aquellos de vuestros hombres que se juntaron con Baal-peor.” (Números 25:1–5)
Éxodo 22:21–31 — Mandamientos 12 al 17
Amplían la ley del Sinaí mostrando que la fidelidad al convenio se expresa de manera concreta en la compasión, la justicia social y la lealtad diaria a Dios. Estos mandamientos protegen al extranjero, a la viuda y al huérfano, revelando que el Señor se identifica activamente con los vulnerables y escucha su clamor; oprimirlos no es una falta menor, sino una afrenta directa a Dios. Doctrinalmente, la prohibición de la usura y el cuidado por la dignidad del pobre enseñan que la economía del convenio no se rige por la explotación, sino por la misericordia y la responsabilidad mutua. El respeto a Dios se extiende al respeto por las autoridades y por lo que le pertenece, mostrando que la adoración auténtica incluye obediencia y orden. Asimismo, las leyes sobre la primicia y la consagración recuerdan que todo proviene del Señor y que Él reclama lo primero y lo mejor del corazón. En conjunto, estos mandamientos enseñan que la santidad no se limita al culto, sino que abarca la vida social, económica y moral, formando un pueblo que refleja el carácter de Dios al vivir con justicia, gratitud y amor leal, y demostrando que amar a Dios y amar al prójimo son realidades inseparables en la vida del convenio.
La ley de Moisés contiene más de diez mandamientos. Aunque los Diez Mandamientos son los más conocidos, no son los únicos. El mandamiento número once se encuentra en Éxodo 20 y dice:
“Altar de tierra harás para mí, y sacrificarás sobre él tus holocaustos…” (Éxodo 20:24–26)
A continuación, se enumeran estos mandamientos adicionales:
- Harás para mí un altar de tierra y ofrecerás sobre él tus holocaustos.
- No afligirás ni oprimirás al extranjero.
- No afligirás a ninguna viuda ni a ningún huérfano.
- Si prestas dinero a alguno de mi pueblo… no le cobrarás interés.
- No injuriarás a los jueces, ni maldecirás al príncipe de tu pueblo.
- No retardarás la ofrenda de tus primicias ni de tus líquidos.
- Seréis hombres santos para mí.
Éxodo 22:21 — “Y al extranjero no engañarás ni angustiarás”
Enseña doctrinalmente que la fidelidad al convenio se manifiesta en la manera en que se trata a quien es vulnerable, distinto o carece de protección social. Al prohibir tanto el engaño como la opresión, el Señor aborda no solo el abuso visible, sino también las formas sutiles de injusticia que se aprovechan de la debilidad del otro. Doctrinalmente, este mandamiento se fundamenta en la memoria redentora: Israel debía recordar que fue extranjero en Egipto y que Dios escuchó su clamor, enseñando que la experiencia de la liberación crea una responsabilidad moral hacia los demás. Así, el extranjero se convierte en una prueba del corazón del pueblo del convenio; la verdadera adoración a Dios se valida en la compasión activa y en la justicia cotidiana. Este pasaje afirma que Dios se identifica con el forastero y que angustiarlo es oponerse al carácter mismo del Señor, quien protege, acoge y hace lugar al que no lo tiene. Vivir este mandamiento es reflejar al Dios que no excluye, sino que libera y dignifica.
Tanto los extranjeros como los siervos debían ser tratados con bondad por los hebreos. Ellos sabían lo que era ser minoría y conocían la experiencia de la esclavitud. Así como Dios había sido misericordioso con ellos, les mandó que fueran misericordiosos cuando estuvieran en posiciones de autoridad.
Dallin H. Oaks: Siempre debemos recordar cómo Jesús nos mandó amar a nuestro prójimo como a nosotros mismos. Él ilustró esa gran enseñanza con el ejemplo del buen samaritano, quien cruzó las barreras sociales de su tiempo para mostrar bondad y misericordia. Luego el Salvador dijo: “Ve, y haz tú lo mismo” (Lucas 10:37).
Hace una década, el presidente Spencer W. Kimball dijo: “Demos compañerismo a los estudiantes de todas las naciones cuando vengan a nuestra tierra, para que nosotros, más que cualquier otro pueblo, los tratemos como hermanos y hermanas con verdadera amistad, estén o no interesados en el evangelio” (Seminario de Representantes Regionales, 29 de septiembre de 1978).
Esa instrucción profética debe guiar nuestras relaciones con todos nuestros prójimos. (Ensign, mayo de 1988, 32)
Éxodo 22:22 — “A ninguna viuda ni huérfano afligiréis”
Enseña doctrinalmente que Dios se coloca explícitamente como defensor de los más vulnerables dentro del pueblo del convenio. Este mandato no es una recomendación ética opcional, sino una exigencia directa que revela el carácter del Señor, quien escucha el clamor de quienes carecen de protección social, económica o familiar. Doctrinalmente, afligir a la viuda o al huérfano equivale a desafiar la justicia divina, porque Dios mismo asume su causa y promete intervenir cuando son oprimidos. Este pasaje muestra que la santidad no se mide solo por la adoración ritual, sino por la compasión activa y la justicia ejercida hacia quienes no pueden defenderse. Así, el Señor enseña que el pueblo del convenio debe reflejar Su misericordia en acciones concretas, creando una comunidad donde la debilidad no es explotada, sino protegida. Vivir este mandamiento es reconocer que amar a Dios implica cuidar de aquellos por quienes Él se preocupa de manera especial, afirmando que la verdadera fidelidad se demuestra en cómo se trata al que tiene menos poder y voz.
Las viudas y los huérfanos tienen algo en común: no tienen un hombre que provea por ellos. Aunque no todos los hombres poseían el sacerdocio en los días de Moisés, el principio de cuidar a las viudas y a los huérfanos recorre todas las Escrituras. Cuando los hijos de Dios carecen de un proveedor, Él hace responsables a Sus poseedores del sacerdocio de suplir esa necesidad.
La ley de Moisés es notable por la forma en que procura el bienestar de todos. Sin depender de ayuda estatal, se establecieron prácticas que garantizaban alimento y vestido para todo el pueblo de Dios. Esto anticipa la ley celestial, en la cual “no hay pobres entre ellos”.
“La moralidad del Antiguo Testamento fue igualmente singular. Aunque muchas culturas antiguas tenían leyes mínimas contra el robo y otros comportamientos antisociales, Israel adoraba a un Dios completamente moral y santo, que mandó a Su pueblo a ser lo mismo.
Mientras que los dioses de otros pueblos del Mediterráneo parecían mezquinos, indiferentes e inmorales, el Dios del Antiguo Testamento es lo opuesto: ‘Mientras los dioses del Olimpo… perseguían mujeres hermosas, el Dios del Sinaí cuida de las viudas y los huérfanos’.
El Antiguo Testamento introduce la moralidad desde sus primeras páginas.” (Chris Conkling, “El libro que edificó un mundo mejor”, Ensign, enero de 1998, 8)
Thomas S. Monson: La palabra viuda parece haber tenido un significado muy especial para nuestro Señor. Él advirtió a Sus discípulos contra el ejemplo de los escribas, quienes aparentaban piedad con su vestimenta y largas oraciones, pero devoraban las casas de las viudas.
A los nefitas se les dio la advertencia directa: “Vendré pronto a vosotros para juicio; y seré pronto testigo contra… los que oprimen a la viuda” (3 Nefi 24:5).
Y al profeta José Smith se le mandó: “El almacén será sostenido por las consagraciones de la Iglesia; y se proveerá para las viudas y los huérfanos, así como para los pobres” (Doctrina y Convenios 83:6).
El hogar de la viuda por lo general no es grande ni lujoso. A menudo es modesto y humilde. Frecuentemente está escondido al final de un pasillo o en la parte alta de una escalera y consta de una sola habitación. A tales hogares nos envía el Señor a ti y a mí.
Puede haber una necesidad real de alimento, vestido o incluso abrigo, y eso puede suplirse. Pero casi siempre queda la necesidad de ese alimento especial que nutre el alma.
Ve, alienta al solitario y triste;
Ve, consuela al que llora y al cansado;
Ve, esparce bondad en tu camino;
Haz hoy el mundo más brillante.
Recordemos que, cuando las flores del funeral se marchitan y los buenos deseos se desvanecen, quienes sufren a menudo quedan solos. El reloj parece avanzar más lentamente y las cuatro paredes pueden convertirse en una prisión.
Ojalá todos podamos volver a oír las palabras del Maestro, inspirándonos a hacer el bien:
“En cuanto lo hicisteis a uno de estos mis hermanos más pequeños, a mí lo hicisteis.”
(“Los huérfanos y las viudas: amados de Dios”, Ensign, noviembre de 1994, 70)
Éxodo 22:25 — “Si prestares dinero a alguno de mi pueblo… no te portarás con él como usurero”
Enseña doctrinalmente que la vida del convenio transforma incluso las relaciones económicas en actos de misericordia y responsabilidad espiritual. Este mandamiento revela que ayudar al necesitado no debe convertirse en una oportunidad para el lucro egoísta ni para profundizar la dependencia del pobre, sino en una expresión concreta del amor al prójimo. Doctrinalmente, la prohibición de la usura afirma que Dios distingue entre el intercambio legítimo y la explotación de la necesidad ajena, y que aprovecharse de la vulnerabilidad contradice el carácter del Dios que libera y sostiene. Al llamar “mi pueblo” al necesitado, el Señor se identifica con él y declara que la manera en que se le trata refleja directamente la fidelidad al convenio. Así, este pasaje enseña que la justicia económica según Dios no se rige solo por lo legal, sino por lo compasivo, formando una comunidad donde la ayuda busca restaurar y dignificar, no someter ni humillar. Vivir este mandamiento es reconocer que los recursos son una mayordomía sagrada y que la verdadera riqueza del pueblo del convenio se manifiesta en la generosidad que protege la dignidad del hermano necesitado.
Debemos procurar ayudar a los pobres, especialmente a los que pertenecen al pueblo de Dios. Buscamos la independencia financiera y la autosuficiencia general; sin embargo, con ese fin en mente, es completamente inapropiado que un miembro de la Iglesia preste dinero a otro miembro esperando recibir intereses a cambio. Todos los préstamos personales entre miembros deberían regirse por este principio.
Parece haber una falta de moderación en algunos miembros de la Iglesia. Al no comprender estos principios, intentan hacer dinero con los miembros del barrio. ¡Qué gran mercado! Tienen todos sus números telefónicos y direcciones de correo electrónico. Todos piensan que usted es honrado y respetable. ¿Por qué no comercializar entre los miembros del barrio?
Eso es completamente inapropiado; esos miembros no entienden los principios de su propia religión.
Marvin J. Ashton: Qué injustos, imprudentes y pobres son aquellos que pretenden hacernos creer que una oportunidad de inversión para “hacerse rico” es deseable simplemente por el cargo eclesiástico que ocupa la persona que hace la propuesta…
En el mercado actual —sí, en su propio vecindario, pueblo y ciudades— promotores intrigantes y engañosos ponen a disposición de compradores incautos toda clase de ofertas atractivas. Lamentamos informar que miles dentro de nuestras filas están siendo engañados por las lenguas elocuentes de quienes ofrecen y solicitan en susurros “oportunidades únicas en la vida” y enfoques de “esto es solo para usted”.
Éxodo 22:28 — “No injuriarás a los dioses, ni maldecirás al príncipe de tu pueblo”
Enseña doctrinalmente que el respeto al orden establecido por Dios es parte integral de la vida del convenio. La referencia a “los dioses” se entiende en el contexto legal de Israel como autoridades y jueces que administran justicia en nombre de Dios; injuriarlos equivale a despreciar el orden mediante el cual el Señor preserva la equidad y la paz comunitaria. Doctrinalmente, el mandamiento afirma que la reverencia a Dios se expresa también en la manera en que se honra a quienes ejercen responsabilidad pública y liderazgo, aun cuando sean imperfectos. Maldecir a los gobernantes no solo erosiona la cohesión social, sino que revela un corazón resistente a la autoridad legítima. Así, este pasaje enseña que el pueblo del convenio está llamado a vivir con respeto, autocontrol y lealtad cívica, reconociendo que Dios obra a través de estructuras de autoridad para bendecir y proteger a Su pueblo. Honrar el orden no significa aprobar toda acción, sino sostener un espíritu de reverencia y responsabilidad que refleja confianza en que, en última instancia, Dios es el juez supremo que gobierna con justicia.
En 1611, el rey Jacobo II reunió a los más grandes eruditos para producir una traducción definitiva de la Biblia al inglés. En esa primera edición, en el margen, escribieron una traducción alternativa para la frase “No injuriarás a los dioses”. La traducción alternativa de “dioses” es “jueces”; es decir:
“No injuriarás a los jueces”, lo cual tiene más sentido cuando se yuxtapone con el mandamiento de respetar al gobernante del pueblo. Esto concuerda perfectamente con el Artículo de Fe número doce, que declara: “Creemos en estar sujetos a reyes, presidentes, gobernantes y magistrados…”
Éxodo 22:29 — “No retardarás la ofrenda de tus primicias”
Enseña doctrinalmente que Dios reclama el primer lugar en el corazón y en la vida de Su pueblo. Este mandamiento no se centra solo en el acto de dar, sino en el tiempo y la prioridad del dar: ofrecer las primicias significa reconocer a Jehová como la fuente de toda provisión antes de asegurar el propio beneficio. Doctrinalmente, retardar la ofrenda revela una fe condicionada, que espera ver si hay suficiente antes de confiar; ofrecerla sin demora, en cambio, manifiesta una confianza activa en el Dios que promete sostener. Así, el Señor enseña que la gratitud verdadera no es residual, sino inmediata, y que la consagración comienza cuando lo primero y lo mejor se presenta a Dios. Este precepto afirma que la vida del convenio se ordena correctamente cuando Dios no recibe lo que sobra, sino lo que encabeza, mostrando que la obediencia pronta es una forma de adoración que declara: todo proviene de Ti, y en Ti confío para lo que aún no veo.
Carl B. Pratt: Mis abuelos pagaban el diezmo independientemente de la mala condición de sus finanzas familiares. Conocían el mandamiento del Señor; aplicaban las Escrituras a su propia vida (véase 1 Nefi 19:23–24) y obedecían la ley. Esto es lo que el Señor espera de todo Su pueblo.
Él espera que paguemos el diezmo no de lo que nos sobra ni de los “restos” del presupuesto familiar, sino —como mandó antiguamente— de las primicias de nuestros ingresos, sean escasos o abundantes. El Señor ha mandado: “No retardarás la ofrenda de tus primicias” (Éxodo 22:29).
Mi experiencia personal ha sido que la forma más segura de pagar el diezmo fielmente es hacerlo tan pronto como recibo cualquier ingreso. De hecho, he descubierto que es la única manera.
Aprendemos de mis abuelos Whetten que el diezmo no es realmente un asunto de dinero; es un asunto de fe: fe en el Señor. Él promete bendiciones si obedecemos Sus mandamientos.
























