Joseph Smith El Vidente Escogido

Capítulo 16

La restauración de las llaves y del poder

Por tanto, se entregan en vuestras manos las llaves de esta dispensación; y por esto sabréis que el día grande y terrible del Señor está cerca, sí, a las puertas. —Doctrina y Convenios 110:16


En los capítulos anteriores hemos hablado de la necesidad de la autoridad y de la posterior restauración de los Sacerdocios Aarónico y de Melquisedec. Consideremos ahora la necesidad de un sistema por el cual se gobiernen esos mismos sacerdocios. Si, como hemos visto, todos los varones dignos que han alcanzado una edad de madurez pueden poseer el sacerdocio, ¿qué les impide utilizarlo indebidamente y mediante qué autoridad se establece la unidad entre sus poseedores? Consideremos, por ejemplo, que muchos barrios de la Iglesia tienen más de cien hombres que poseen la autoridad para administrar la ordenanza de la Santa Cena. Esto sugiere la posibilidad de un número igual de reuniones sacramentales, cada una celebrada según la conveniencia de un poseedor del sacerdocio en particular y de su familia. ¿Qué autoridad impide tal división y confusión? De igual manera, todos los que tienen autoridad para administrar la Santa Cena también tienen autoridad para efectuar la ordenanza del bautismo, lo que sugiere la posibilidad de una multiplicidad de bautismos. ¿Cómo asegura entonces el Señor que Su casa sea una casa de orden y que haya solo “un Señor, una fe, un bautismo” (Efesios 4:5)?

Las llaves, la presidencia y el poder para sellar

José Smith enseñó que los poderes de dirección, la autoridad mediante la cual se establecen la disciplina y la organización del sacerdocio y, por tanto, de la Iglesia, se conocen como las llaves del reino. Las llaves, que representan simbólicamente la autoridad mediante la cual las cosas se abren o se cierran, se atan o se desatan, se describen en las revelaciones sobre el sacerdocio como “el derecho de presidir”, es decir, la autoridad para presidir (Doctrina y Convenios 68:17; véase también 107:8). Así, por ejemplo, cada barrio de la Iglesia es presidido por un obispo. El obispo es tanto el presidente del Sacerdocio Aarónico como el sumo sacerdote presidente del barrio. Como tal, posee las llaves, o el derecho de presidir, sobre las ordenanzas del bautismo y de la Santa Cena dentro de la jurisdicción de su oficio de obispo. Aunque muchos miembros de su barrio tienen autoridad para efectuar estas ordenanzas, solo pueden utilizar esa autoridad bajo su dirección o con su autorización. De este modo, las llaves establecen los límites dentro de los cuales debe funcionar el sacerdocio y aseguran así que la Casa del Señor siga siendo una casa de orden.

Dentro de las filas del sacerdocio, al oficial que preside cada cuórum se le dan las llaves correspondientes de la autoridad para gobernar, mediante las cuales establece los límites dentro de los que deben actuar los miembros de su cuórum. “Necesariamente”, declara la revelación, “hay presidentes, u oficiales presidentes, que nacen de entre los que son ordenados a los varios oficios de estos dos sacerdocios [Aarónico y de Melquisedec], o son nombrados de entre ellos” (Doctrina y Convenios 107:21). El presidente del sumo sacerdocio, o Presidente de la Iglesia, como generalmente se le llama, posee todas las llaves del reino y, por tanto, tiene autoridad para dirigir todos los asuntos de ambos sacerdocios. El Señor dijo a José Smith: “He conferido sobre ti las llaves y el poder del sacerdocio, por lo que restauro todas las cosas y te hago saber todas las cosas en el debido tiempo. Y de cierto, de cierto te digo, que lo que selles en la tierra será sellado en los cielos; y lo que ates en la tierra en mi nombre y por mi palabra, dice el Señor, será eternamente atado en los cielos; y a quienes les remitas sus pecados en la tierra, les serán remitidos eternamente en los cielos; y a quienes les retengas sus pecados en la tierra, les serán retenidos en los cielos” (Doctrina y Convenios 132:45–46).

De la cita anterior también aprendemos que la doctrina de las llaves abarca el poder de abrir los cielos y restaurar el conocimiento de todos los misterios que pertenecen a la salvación de los hombres. En septiembre de 1830 se le dijo a José Smith que poseía “las llaves de los misterios y de las revelaciones que están selladas”, con la evidente intención de que por medio de él y de su oficio fueran reveladas (Doctrina y Convenios 28:7). En diciembre de aquel año, el Señor dijo: “He enviado la plenitud de mi evangelio por mano de mi siervo José; y en su debilidad lo he bendecido; y le he dado las llaves del misterio de aquellas cosas que han estado selladas, sí, cosas que han existido desde la fundación del mundo, y las que vendrán desde ahora hasta el tiempo de mi venida” (Doctrina y Convenios 35:17–18). También se nos dice que “para aquel a quien se dan estas llaves no hay dificultad en obtener un conocimiento de los hechos relacionados con la salvación de los hijos de los hombres, tanto de los muertos como de los vivos” (Doctrina y Convenios 128:11). Por tanto, mediante la revelación, las “llaves del reino” también se designan como la “llave del conocimiento” (Doctrina y Convenios 128:14) o las “llaves de acceso a Dios” (Las palabras de José Smith, pág. 54).

En Nauvoo, cuando José Smith recibió revelación e instrucciones acerca de las ordenanzas del templo, comenzó a referirse a las llaves del reino en un tercer sentido. En un discurso dirigido a la Sociedad de Socorro el 28 de abril de 1842, habló de que ellas recibirían “las llaves del sacerdocio” o las “llaves del reino” junto con sus esposos, y de que aprenderían a hacer preguntas al Señor y recibir respuestas. También dijo a las hermanas que, si eran “puras e inocentes”, podrían “entrar en la presencia de Dios” (ibíd., págs. 117, 141; véase también Enseñanzas, pág. 226). El domingo siguiente, 1 de mayo de 1843, al hablar a los santos reunidos en la Arboleda, el Profeta se refirió a las llaves del reino como “ciertas señales y palabras mediante las cuales pueden detectarse los espíritus y personajes falsos”. Estas llaves, dijo, no podían revelarse a los élderes hasta que el templo estuviera terminado y hubieran sido investidos (Las palabras de José Smith, pág. 119). Quizás su discurso culminante sobre este asunto fue el pronunciado el 10 de marzo de 1844, cuando se refirió al “poder de Elías el Profeta y las llaves del reino de Jehová” (Enseñanzas, pág. 338) e indicó que obtener la “plenitud del sacerdocio” estaba relacionado con que un hombre y su esposa hicieran firme su vocación y elección (Las palabras de José Smith, pág. 304; véanse también las págs. 306, 330).

Así pues, el simbolismo relacionado con las llaves del reino tiene tres aspectos. En lo que concierne al gobierno de la Iglesia, el sacerdocio abarca el poder y la autoridad para cerrar o abrir, para atar o desatar; es decir, para conceder promesas y bendiciones o impedir que se reciban. Es la debida autoridad la que disciplina y organiza el sacerdocio. En cuanto a los asuntos doctrinales, las llaves de los misterios del reino constituyen la autoridad mediante la cual se abren los cielos y el conducto por el cual fluyen las revelaciones de Dios. Finalmente, combinando las dos definiciones anteriores, las llaves abarcan aquella autoridad restaurada por Elías el Profeta mediante la cual los hombres y las mujeres son sellados para vida eterna y reciben la plenitud del sacerdocio.

Vienen ángeles

Hemos relatado la historia de la restauración del Sacerdocio Aarónico. Ahora centramos nuestra atención en las llaves específicas que Juan el Bautista restauró a José Smith y Oliver Cowdery. El Bautista declaró que poseía “las llaves del ministerio de ángeles, y del evangelio de arrepentimiento, y del bautismo por inmersión para la remisión de pecados” (José Smith—Historia 1:69; véase también Doctrina y Convenios 84:26). Así como el Sacerdocio de Melquisedec tiene la autoridad para llevar a una persona a la presencia de Dios, el Sacerdocio Aarónico comprende la autoridad para llevarla a la presencia de ángeles. Es significativo que, después de la restauración de esta autoridad, los cielos se abrieran y una sucesión de ángeles ministrantes comenzara a visitar al Profeta. El hecho de que Juan el Bautista restaurara las llaves, o el derecho, para predicar el evangelio de arrepentimiento y bautizar confirma una vez más la necesidad de la autoridad. Si es el Evangelio del Señor, quienes lo declaran deben ser escogidos por Él y sus ordenanzas deben ser establecidas por Él.

Al restaurar el Sacerdocio Aarónico, Juan dijo a José y a Oliver que actuaba bajo la dirección de Pedro, Santiago y Juan, “quienes poseían las llaves del Sacerdocio de Melquisedec” (José Smith—Historia 1:72). Cuando los tres sumos sacerdotes presidentes de la dispensación del meridiano de los tiempos impusieron las manos sobre la cabeza de José y de Oliver, les confirieron las llaves del Sacerdocio de Melquisedec, facultándolos así para regular todos los asuntos del sacerdocio; también les confirieron las llaves del reino —es decir, el derecho de presidir la Iglesia— y las llaves de la dispensación del cumplimiento de los tiempos, o la autoridad para estar a la cabeza de la última y más grande de todas las dispensaciones del Evangelio (véase Doctrina y Convenios 27:13; 128:21).

Así se preparó el escenario y se otorgó la autoridad para que pudiera organizarse la Iglesia, declararse el Evangelio y efectuarse sus ordenanzas. Es imposible exagerar la importancia de la restauración de las llaves. Cabe suponer que muchos poseían el sacerdocio en el meridiano de los tiempos cuando murieron los Apóstoles. Cuando se perdieron aquellas llaves, quienes poseían el sacerdocio perdieron el derecho de utilizarlo. El sacerdocio siempre debe funcionar bajo la dirección de quienes poseen las llaves para supervisar sus labores. Con el Sacerdocio de Melquisedec, José Smith fue facultado para edificar el Templo de Kirtland, donde se administró una investidura parcial y donde podían restaurarse las llaves que constituirían una plenitud del sacerdocio. Después de la dedicación de aquel templo, el 3 de abril de 1836, aparecieron mensajeros de tres dispensaciones del Antiguo Testamento para conferir sus poderes y autoridades a los dos oficiales principales de la Iglesia. El primero en venir fue Moisés, quien había estado cara a cara con Jehová en el monte Sinaí y quien, después de haber sido llevado al cielo sin probar la muerte, se había aparecido a Cristo y a Sus tres Apóstoles principales en el Monte de la Transfiguración. De Moisés, José y Oliver recibirían “las llaves del recogimiento de Israel de las cuatro partes de la tierra, y de la conducción de las diez tribus desde el país del norte” (Doctrina y Convenios 110:11). Aquí se señalan dos acontecimientos distintos. El primero se refiere a la autoridad mediante la cual los restos dispersos de Israel son recogidos a las “aguas de Judá, o […] las aguas del bautismo” (1 Nefi 20:1) y vuelven a poseer el sacerdocio, para que puedan trabajar a fin de “hacer volver a Sion y efectuar la redención de Israel” (Doctrina y Convenios 113:8). Esto abarca la promesa de que el Señor volverá a hablarles o a darles revelación. El segundo es aquella autoridad mediante la cual, en algún día futuro, se indicará a las diez tribus, o al menos a un número representativo de cada una de ellas, que regresen a sus antiguas tierras de herencia.

Después de la aparición de Moisés vino la de Elías para entregar “el evangelio de Abraham, diciendo que en nosotros y en nuestra descendencia serían bendecidas todas las generaciones después de nosotros” (Doctrina y Convenios 110:12). Así fue restaurado el convenio que Dios hizo con Abraham. Así como Abraham había recibido la promesa de la continuación de su descendencia y, por consiguiente, de la naturaleza eterna de su unión con Sarai, también se restaura a los de la familia del antiguo patriarca la doctrina del matrimonio eterno, con la misma promesa respecto de la naturaleza de la unidad familiar. Tan central es la unidad familiar en todo el sistema y plan de salvación que la unión eterna del hombre y la mujer en matrimonio por la autoridad del sacerdocio se conoce como un “orden del sacerdocio” y se considera sinónima del “nuevo y sempiterno convenio” (Doctrina y Convenios 131:2).

Después de Elías vino Elías el Profeta, en cumplimiento de una de las profecías más conocidas del Antiguo Testamento, Malaquías 4:5–6. Por la forma en que Elías el Profeta expresó la profecía, resulta evidente que su cumplimiento gira en torno a la revelación del sacerdocio y al volver el corazón de los hijos, más que el de los padres, hacia las antiguas promesas. José Smith dijo que “la palabra volver aquí debería traducirse como atar, o sellar” (Enseñanzas, pág. 330; énfasis en el original). También dijo que, cuando Malaquías hizo esta profecía, “tenía su vista fija en la restauración del sacerdocio, las glorias que serían reveladas en los últimos días” y, más particularmente, en “un eslabón conexivo de alguna clase entre los padres y los hijos” (Doctrina y Convenios 128:17–18).

Las ordenanzas culminantes del Evangelio tienen lugar en el templo. Entre las principales se encuentran la ordenanza del matrimonio eterno, en la que un hombre y una mujer quedan unidos en una unión eterna, y la ampliación de esa ordenanza para abarcar la ordenación del hombre para llegar a ser rey y sacerdote, y de su esposa para llegar a ser reina y sacerdotisa. A quienes son así ordenados se les promete que “heredarán tronos, reinos, principados, potestades y dominios, toda altura y toda profundidad” y que, en la resurrección, “pasarán por los ángeles y los dioses que están allí, a su exaltación y gloria en todas las cosas, según lo que haya sido sellado sobre su cabeza, y esta gloria será una plenitud y continuación de las simientes por siempre jamás. Entonces serán dioses, porque no tendrán fin; por consiguiente, existirán de eternidad en eternidad, porque continuarán; entonces estarán sobre todo, porque todas las cosas les estarán sujetas. Entonces serán dioses, porque tendrán todo poder, y los ángeles estarán sujetos a ellos” (Doctrina y Convenios 132:19–20). Debido a la función central y salvadora de Moisés, Elías y Elías el Profeta, junto con las llaves que restauraron, volveremos a hablar de este asunto al analizar la restauración de un pueblo del convenio.

Además de la aparición de Moisés, Elías y Elías el Profeta en el Templo de Kirtland el 3 de abril de 1836, también vinieron otros profetas de dispensaciones pasadas para restaurar sus poderes y autoridades: Miguel, o Adán; Rafael, que pudo haber sido Enoc (véase McConkie, Doctrina mormona, pág. 618); Gabriel, o Noé; y “diversos ángeles, desde Miguel o Adán hasta el tiempo actual, todos ellos declarando su dispensación, sus derechos, sus llaves, sus honores, su majestad y gloria, y el poder de su sacerdocio; dando línea sobre línea, precepto tras precepto; un poco aquí, y otro poco allí; ¡consolándonos con la promesa de lo que ha de venir, confirmando nuestra esperanza!” (Doctrina y Convenios 128:21).

Conclusión

José Smith explicó: “El sacerdocio es sempiterno: sin principio de días ni fin de años; sin padre, madre, etcétera. Si no hay cambio de ordenanzas, no hay cambio de sacerdocio. Dondequiera que se administran las ordenanzas del Evangelio, allí está el sacerdocio” (Enseñanzas, pág. 158). Las llaves, o el poder de dirección, el derecho de presidir, son esenciales para mantener ese orden que debe caracterizar la obra de Aquel que es eterno, inmutable y sin variación. Las llaves de la Iglesia, es decir, las llaves del reino (véase Doctrina y Convenios 42:69), son derechos sagrados para abrir la puerta al conocimiento y al entendimiento (véase Doctrina y Convenios 128:11, 14) y facultar así a los santos del Altísimo para oficiar en el nombre de Aquel a quien pertenece esta Iglesia.

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