Joseph Smith El Vidente Escogido

Capítulo 31

Profetas y profecía

Creemos en la misma organización que existió en la Iglesia Primitiva, esto es, apóstoles, profetas, pastores, maestros, evangelistas, etc. —Artículos de Fe 1:6


Los profetas y la profecía siempre han sido y siempre serán la característica distintiva de la religión verdadera. Ninguna iglesia puede profesar representar al Dios del cielo y carecer de profetas vivientes y del espíritu de profecía. Sin profetas no puede haber una declaración autorizada del Evangelio, ni puede haber administradores legítimos que posean debidamente la autoridad para efectuar ordenanzas en el nombre del Señor. No encontramos ningún caso en las Escrituras en que el Señor tuviera un pueblo al que reconociera como Suyo y al cual no hablara y que, por tanto, no tuviera autoridad para escribir Escrituras. «Porque no hará nada Jehová el Señor», declaró Amós, «sin que revele su secreto a sus siervos los profetas» (Amós 3:7).

Los antiguos profetas eran el vínculo entre Dios y los hombres. Su voz llegaba a ser la voz de Él; sus palabras, las palabras de Él; su pluma, la pluma de Él. El Todopoderoso manifestaba Su intención y Su voluntad por medio de ellos. Demostraba Su poder por medio de ellos, y dirigía y guiaba a Su pueblo por medio de ellos. Eran maestros inspirados del Evangelio y predicadores de rectitud, y se les confiaba la autoridad para efectuar las ordenanzas de salvación. Eran la fuente de enseñanzas inspiradas; señalaban el sendero que debían seguir los santos. Estar sin profetas es estar sin el Evangelio, sin el sacerdocio, sin la luz del cielo y sin el plan de salvación. Si necesitamos a un Dios viviente, necesitamos a profetas vivientes.

El oficio y el llamamiento de un profeta

Sería contradictorio que alguien profesara representar a Dios y, al mismo tiempo, afirmara que la revelación ha cesado. Si Dios no te ha hablado, entonces no puedes hablar en Su nombre. «Ningún hombre es ministro de Jesucristo», explicó José Smith, «sin ser profeta» (Enseñanzas, pág. 160). «Si alguien me preguntara si soy profeta, no lo negaría, porque eso me haría mentiroso; pues, según Juan, el testimonio de Jesús es el espíritu de profecía; por tanto, si profeso ser testigo o maestro y no tengo el espíritu de profecía, que es el testimonio de Jesús, debo ser un testigo falso; pero si soy un maestro y testigo verdadero, debo poseer el espíritu de profecía, y eso constituye a un profeta; y cualquier hombre que diga que es maestro o predicador de rectitud, y niegue el espíritu de profecía, es un mentiroso, y la verdad no está en él; y por esta clave se puede descubrir a los falsos maestros y a los impostores» (ibíd., pág. 269).

En cuanto al llamamiento al oficio profético, sabemos lo siguiente: primero, todos los que poseen este oficio fueron preparados para ello antes de que se pusieran los fundamentos de la tierra. «Antes que te formase en el vientre te conocí, y antes que nacieses te santifiqué; te di por profeta a las naciones», dijo el Señor a Jeremías (Jeremías 1:5). Al explicar su propio llamamiento, el apóstol Pablo dijo que Dios lo había «apartado desde el nacimiento» (Nueva Biblia Inglesa, Gálatas 1:15). En una declaración más amplia, José Smith dijo: «Todo hombre que tiene el llamamiento de ministrar a los habitantes del mundo fue ordenado para ese propósito en el Gran Concilio de los cielos antes de que este mundo existiera» (Enseñanzas, pág. 365). De la traducción que hizo José Smith del papiro de Abraham, aprendemos que al antiguo patriarca se le mostraron «las inteligencias que fueron organizadas antes que existiera el mundo; y entre todas estas había muchas de las nobles y grandes; y vio Dios que estas almas eran buenas, y estaba en medio de ellas, y dijo: A estos haré mis gobernantes; pues estaba entre aquellos que eran espíritus, y vio que eran buenos; y me dijo: Abraham, tú eres uno de ellos; fuiste escogido antes de nacer» (Abraham 3:22–23). De manera semejante, José Smith dijo: «Fui ordenado desde antes de la fundación del mundo para algún fin bueno, o malo, según queráis llamarlo. Juzgad vosotros mismos» (Doctrina y Convenios 127:2).

Segundo, el profeta José enseñó que los portavoces del convenio deben «ser llamados por Dios, por profecía y la imposición de manos, por aquellos que tienen la autoridad, a fin de que puedan predicar el evangelio y administrar sus ordenanzas» (Artículos de Fe 1:5). Al dirigirse a los apóstoles que había escogido, el Salvador expresó el principio de esta manera: «No me elegisteis vosotros a mí, sino que yo os elegí a vosotros, y os he puesto para que vayáis y llevéis fruto, y vuestro fruto permanezca; para que todo lo que pidáis al Padre en mi nombre, él os lo dé» (Juan 15:16). A los de nuestra dispensación, el Señor dijo: «No le será permitido a ninguno salir a predicar mi evangelio ni a edificar mi iglesia, a menos que sea ordenado por alguien que tenga autoridad, y sepa la iglesia que tiene autoridad y ha sido debidamente ordenado por las autoridades de la iglesia» (Doctrina y Convenios 42:11).

Tercero, quienes hayan sido comisionados por Dios serán investidos con poder de lo alto. Así como los apóstoles del meridiano de los tiempos salieron revestidos de los poderes del cielo, con la promesa de protección divina, para predicar el Evangelio, y así como tenían poder para sanar a los enfermos, levantar a los muertos, remitir pecados y efectuar toda clase de milagros, también deben salir los de nuestros días. «Seréis instruidos de lo alto», dijo el Señor a Sus siervos de esta última dispensación. Por tanto: «Santificaos y seréis investidos con poder» (Doctrina y Convenios 43:16). Debían salir «armados con […] poder», para que Su nombre estuviera sobre ellos, Su gloria los rodeara y Sus ángeles los guardaran (véase Doctrina y Convenios 109:22).

Cuarto, si un mensajero representa verdaderamente a Dios, su mensaje debe tener su fundamento en la revelación. Nadie que niegue el principio de la revelación continua podría representar a Dios. La idea de que se pueda atribuir algún conocimiento de Dios a la especulación filosófica se opone a toda verdad que jamás se haya revelado.

Quinto, el verdadero profeta, y de hecho cualquier persona a quien Dios comisione para representarlo, siempre será un predicador de rectitud. El presidente Anthony W. Ivins dijo:

Un estudio detenido de la etimología de la palabra y de la vida, las obras y el carácter de los profetas de la antigüedad deja claro que un profeta era, y es, alguien llamado a actuar como mensajero de Dios. Debe enseñar a los hombres el carácter de Dios, y definir y dar a conocer al pueblo Su voluntad. Debe denunciar el pecado y declarar el castigo de la transgresión. Debe ser, por encima de todo, un predicador de rectitud y, cuando el pueblo se aparte del sendero que él le ha señalado, debe llamarlo a volver a la fe verdadera. Es un intérprete de las Escrituras y declara su significado y aplicación. Cuando se han de anunciar acontecimientos futuros, los predice; pero su llamamiento directo y más importante es proclamar el mensaje de Dios y dirigir el proceder del presente, más que predecir lo que ha de venir. (En Informe de la Conferencia, octubre de 1925, pág. 20).

Un conducto puro

La salvación no nace de la confusión. En los asuntos que atañen al bienestar eterno del género humano, no puede haber incertidumbre. Debe haber un conducto seguro y puro al cual podamos acudir para obtener la intención y la voluntad de Dios. La salvación no puede hallarse en la multitud de doctrinas opuestas y contradictorias que son comunes en el mundo de las diversas confesiones religiosas. Si ha de haber una iglesia verdadera, el Señor debe establecerla. Él debe nombrar a sus oficiales y establecer sus doctrinas. Una vez que lo haya hecho, podemos confiar en que respetará la organización y a los oficiales que ha escogido. Mientras esa organización permanezca, todos los demás carecen del derecho o la autoridad para representar la voluntad del cielo, enseñar sus doctrinas o efectuar sus ordenanzas. Una vez más, no puede haber confusión en estos asuntos. «Nunca hay más de una persona a la vez sobre la tierra a quien se confieren este poder y las llaves de este sacerdocio» (Doctrina y Convenios 132:7).

Nada podría ser más incongruente que suponer que, después de que Dios haya llamado a un hombre y lo haya designado para hacer una obra, y mientras ese hombre permanezca fiel, Dios lo pasara por alto y acudiera a otra persona para que cumpliera el mismo propósito. Cuando el Señor escogió a José Smith para ser Su portavoz en esta dispensación, hubo quienes, dentro de las filas de la Iglesia, afirmaron poseer el mismo poder y autoridad para dirigir los asuntos de la Iglesia. El asunto exigió una corrección inmediata, y la recibió. «Nadie será nombrado para recibir mandamientos y revelaciones en esta iglesia sino mi siervo José Smith, hijo», dijo el Señor. «Y no has de mandar a aquel que está a tu cabeza, y a la cabeza de la iglesia; porque yo le he dado las llaves de los misterios, y de las revelaciones que están selladas, hasta que les nombre a otro en su lugar» (Doctrina y Convenios 28:2, 6–7).

El principio es sencillo. Todos tienen derecho a recibir revelación para su propia mayordomía. Nadie tiene derecho a recibir revelaciones para mayordomías ajenas. Por tanto, a nadie se le concederá revelación para quienes lo presiden (véase Enseñanzas, págs. 21, 111). Existió un gobierno provisional hasta que la Iglesia fue plenamente restaurada, cuya disposición esencial era que, si el Profeta caía, el Señor llamaría a otro en su lugar (véase Doctrina y Convenios 35:17–18). Nadie tendría que dar un paso al frente para salvar valientemente a la Iglesia. El Señor mismo se encargaría del asunto mediante los conductos que ya había establecido. Si se le quitaba a José Smith el oficio de presidir, «no tendrá poder», dijo el Señor, «sino para nombrar a otro en su lugar» (Doctrina y Convenios 43:4). Puesto que el Señor estableció el conducto al cual acudiríamos si llegara a ser necesario cambiar la organización de la Iglesia, el cambio necesariamente vendría por medio de ese conducto establecido originalmente por el Señor. Esta disposición reconoce que los hombres pueden no estar a la altura de su oficio y llamamiento, pero que el Señor nunca apostatará del orden que ha establecido. Él no es ni puede ser el autor de la confusión.

Antes de que el Señor permitiera que se organizara la Iglesia, anunció la ley del común acuerdo: «Ninguna persona ha de ser ordenada a oficio alguno en esta iglesia, donde exista una rama de ella debidamente organizada, sin el voto de dicha iglesia» (Doctrina y Convenios 20:65). A pesar de que José Smith había recibido la ministración de ángeles, poseía el sacerdocio y sus llaves y había sido llamado por Dios, solo podía gobernar la Iglesia con el consentimiento de quienes serían gobernados. En el reino de Dios «todas las cosas se harán de común acuerdo» (véase Doctrina y Convenios 26:2). Por tanto, quienes sean llamados a ocupar oficios o cargos, así como los asuntos administrativos que requieran nuestro apoyo, deben recibirlo mediante el consentimiento o el voto de las personas afectadas. Sin embargo, la validez de las revelaciones no se establece mediante la aplicación de esta ley. Aunque Dios nos ha concedido el albedrío, que Él no vulnerará, las condiciones mediante las cuales obtenemos la salvación no son negociables.

Entonces, ¿qué habría ocurrido si quienes asistieron a la reunión en la que se iba a organizar la Iglesia hubieran decidido no sostener a José Smith como profeta, vidente y revelador, y como oficial presidente de la Iglesia? Según la revelación del Señor, José Smith no podría presidir. No podría tener autoridad sobre esas personas ni sobre ninguna otra, salvo por el consentimiento de ellas mismas. ¿Seguiría siendo profeta, vidente y revelador? Ciertamente. El hecho de que no lo sostuvieran no podría quitarle la autoridad que los mensajeros del cielo le habían dado. Al negarse a sostenerlo en el oficio al cual el Señor lo había llamado, los presentes sencillamente se cerrarían a sí mismos la puerta de la salvación, y el Profeta iría a encontrar un pueblo dispuesto a sostenerlo. Nadie puede imponernos las bendiciones del cielo. Solo recibimos las bendiciones que fluyen por medio del profeta viviente cuando lo sostenemos en el oficio y la posición a los cuales el Señor lo ha llamado. El hecho de que no lo sostengamos no lo privará de ninguna autoridad, salvo de aquella mediante la cual podría bendecirnos.

Conclusión

José Smith nunca se hizo ilusiones respecto a la idea de que algún oficio o llamamiento terrenal llevara consigo una condición de infalibilidad mortal. «Pues aunque un hombre reciba muchas revelaciones, y tenga poder para hacer muchas obras poderosas», dijo el Señor a José, «sin embargo, si se jacta de su propia fuerza, y desprecia los consejos de Dios, y sigue los dictados de su propia voluntad y de sus deseos carnales, tendrá que caer e incurrir en la venganza de un Dios justo» (Doctrina y Convenios 3:4). Observamos lo siguiente en el diario del Profeta: «Esta mañana me presentaron a un hombre del este. Después de oír mi nombre, comentó que yo no era más que un hombre, dando a entender con esta expresión que había supuesto que una persona a quien el Señor tuviera a bien revelar Su voluntad debía ser algo más que un hombre. Parecía haber olvidado lo que dijo Santiago: que Elías era hombre sujeto a pasiones semejantes a las nuestras y, sin embargo, tenía tal poder ante Dios que Él, en respuesta a sus oraciones, cerró los cielos para que no lloviera por espacio de tres años y seis meses; y de nuevo, en respuesta a su oración, los cielos dieron lluvia y la tierra produjo fruto. En verdad, tales son las tinieblas y la ignorancia de esta generación, que consideran increíble que un hombre pueda tener comunicación alguna con su Hacedor» (Enseñanzas, pág. 89). Un profeta, enseñó José Smith, solo era profeta «cuando actuaba como tal» (ibíd., pág. 278).

Aunque los profetas no son más que «vasos de barro», reconocemos su palabra como la palabra de Dios (2 Corintios 4:7). El Señor expresa este principio de la siguiente manera: «Lo que yo, el Señor, he hablado, yo lo he hablado, y no me disculpo; y aunque pasaren los cielos y la tierra, mi palabra no pasará, sino que toda será cumplida, sea por mi propia voz o por la voz de mis siervos, es lo mismo» (Doctrina y Convenios 1:38). El día en que se organizó la Iglesia, el Señor dio una revelación que definía la relación entre sus miembros y su oficial presidente, a quien los miembros sostuvieron como «vidente, traductor, profeta, apóstol de Jesucristo, [y] élder de la iglesia». Al dirigirse a los miembros de la Iglesia, esta revelación declara: «Daréis oído a todas sus palabras y mandamientos que os dará según los reciba, andando delante de mí con toda santidad; porque recibiréis su palabra con toda fe y paciencia como si viniera de mi propia boca. Porque si hacéis estas cosas, las puertas del infierno no prevalecerán contra vosotros; sí, y Dios el Señor dispersará los poderes de las tinieblas de ante vosotros y hará sacudir los cielos para vuestro bien y para la gloria de su nombre» (Doctrina y Convenios 21:1, 4–6).

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